En Castellví de la Marca

Un exalcalde del Alt Penedès se enfrenta a casi tres años de cárcel por la instalación de un estercolero cerca de una vivienda

Una sentencia reconocía la existencia de inmisiones por olores en niveles muy superiores "a lo tolerable, con quebranto de los derechos a la salud y a la intimidad de los vecinos" 

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El almacén estercolero de la polémica, en Castellví de la Marca.

El almacén estercolero de la polémica, en Castellví de la Marca.

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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Los olores que emanan de un almacén estercolero de una explotación ganadera no son nada agradables y menos aún si se descubre que la alcaldía había modificado el plan urbanístico para poder legalizar la instalación y evitar las sentencias que lo impedían por no cumplir la distancia con las viviendas. Esta es la tesis que defiende la Fiscalía de Barcelona al solicitar dos años y nueve meses de prisión, multa de 5.400 euros e inhabilitación durante ocho años para el que entre 1995 y 2015 era alcalde de Castellví de la Marca (Alt Penedés), Pere Pujol Montserrat, y la arquitecta municipal que desempeñó ese cargo entre 2006 y 2017, según el escrito al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. A ambos se les atribuye un delito contra la ordenación del territorio.

La Fiscalía sostiene que la alcaldía modificó el POUM para legalizar el almacén y evitar las sentencias que lo impedían

Está previsto que el 25 de noviembre, el exalcalde y la arquitecta se sienten en el banquillo de los acusados en la Audiencia de Barcelona. Pero no estarán solos, les acompañarán el propietario de la explotación ganadera y dos cargos de la Generalitat, uno de ellos Agustí Serra Monté, exdirector de la Comissió Territorial d'Urbanisme de Barcelona y actual director del Incasol. Para estos tres investigados, la fiscalía no reclama ninguna pena, pero sí la vecina afectada por la edificación, Lidia Campos, y la Associació de Veïns del Barri de Cal Farinés, donde está situada. Su abogado, José Luis Jordán, imputa a los cinco acusados varios delitos, entre ellos tráfico de influencias y uno contra el medio ambiente por alta concentración de nitratos en la zona. El exalcalde de Castellví de la Marca ha declinado hacer declaraciones.

El abogado de los vecinos acusa al exalcalde y a la arquitecta de tráfico de influencias y delito contra el medio ambiente

La polémica que rodea a este estercolero se remonta a años atrás. En 1999, el propietario de dos sociedades dedicadas al engorde de terneros para su posterior venta, solicitó, a través de la primera empresa, una licencia de apertura de establecimiento y de actividades para regularizar una labor que realizaba desde hacía cinco años. En esta petición se incluía la construcción de un estercolero y una fosa de cadáveres. Esta autorización fue aprobada por el alcalde en diciembre de 1999, tras el informe favorable del arquitecto (no la acusada). Meses antes, en julio, ya se le había otorgado la licencia de obras.

La distancia con las casas

El informe del arquitecto fijaba "de manera clara", según la fiscalía, las condiciones de edificación recogidas en el Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM) y que eran de "ineludible cumplimiento". La edificación debía tener una serie de condiciones y una separación mínima con los núcleos urbanos y con las viviendas cercanas de 100 metros. Los vecinos alegaron en 2003, cuando una de las empresas pidió una nueva solicitud de licencia ambiental, que esa distancia no se cumplía.

El alcalde investigado rechazó esos argumentos y otorgó esa nueva autorización en 2007. Esa decisión fue recurrida ante la justicia por Campos y la asociación vecinos. Los tribunales les dieron la razón y anularon la licencia. Una de esas sentencias reconocía la existencia de inmisiones por olores en niveles muy superiores "a lo tolerable, con quebranto de los derechos a la salud y a la intimidad domiciliaria de los vecinos".

A pesar de esa resolución, el propietario de la explotación ganadera volvió a pedir al ayuntamiento licencia de obras para el estercolero. Y el alcalde acusado, con el informe favorable de la arquitecta imputada, se lo concedió. Sin embargo, cuando empezaraon a ejecutarse las obras, Campos denunció en el consistorio que esta instalación se estaba construyendo solo a 24 metros de su casa. El asunto llegó a la Consellería de Política Territorial, que en mayo de 2008 rechazó el proyecto por no cumplir la superficie construida y la altura establecidas en el POUM. Paralelamente, la vecina afectada volvió a recurrir a la justicia y los tribunales ordenaron el derribo de la edificación.

La fiscalía sostiene que, no obstante, los acusados, siendo conocedores de la resolución de la conselleria, iniciaron en octubre de 2008 un procedimiento de modificación puntual del POUM, alterando la altura máxima de la superficie construida. La acusación considera que esa reforma "se realizó con la finalidad de obtener la futura legalización del estercolero", cuya construcción ya había acabado, y "para anticiparse a las posibles resoluciones judiciales que obligaban a su demolición".

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