Comité Europeo de Derechos Sociales

Europa concluye que la ley española "incentiva" que las empresas despidan a trabajadores "de manera injusta"

El Comité Europeo de Derechos Sociales hace pública su resolución, falla a favor de la denuncia de UGT e insta al Gobierno a cambiar la norma

¿Cuánto cuesta despedir en España, por qué Europa lo ve insuficiente y cómo piensa cambiarlo el Gobierno?

Imagen de la Ciutat de la Justicia

Imagen de la Ciutat de la Justicia / El Periódico

Gabriel Ubieto

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El Comité Europeo de Derechos Sociales ha hecho pública este lunes su resolución sobre si la ley española en materia de despido se adapta o no a la carta social europea. El fallo confirma el resultado ya avanzado la semana pasada por UGT, el sindicato denunciante. Y es que el organismo europeo considera que la actual normativa "incentiva" a que las empresas recurran a los despidos "de manera injusta", según recoge la resolución publicada.

Los miembros del CEDS alegan que la existencia de topes para las indemnizaciones por despido improcedente pueden servir de referencia para que las empresas hagan sus cálculos y determinen cuando les sale a cuenta cesar a un empleado. Actualmente, la ley contempla un máximo de 33 días por año trabajado, con tope de 24 mensualidades.

"Los límites máximos de indemnización podrían inducir a los empleadores a realizar una estimación pragmática de la carga financiera de un despido improcedente sobre la base de un análisis de costes y beneficios. En algunas situaciones, esto podría fomentar despidos improcedentes", concluye la resolución.

El comité destaca en su fallo que las cuantías indemnizatorias actuales están por debajo de la mayoría de compensaciones que se contemplan en las leyes de estados europeos. Si bien también destaca que los importes que estaban vigentes antes de la reforma laboral del PP, del 2012 y que recogían ceses con 45 días por año trabajado y tope de 42 mensualidades, eran superiores. Lo que invita al Gobierno a modificar la norma española para incrementar las indemnizaciones por cese improcedente, situándolas a medio camino entre uno u otro.

Aval al "despido restaurativo"

Una de las vías que dentro del Gobierno defienden para incrementar las actuales cuantías indemnizatorias es la del "despido restaurativo". Este concepto implica reconocer una indemnización adicional a aquellos colectivos con mayores dificultades de inserción laboral o mayor dependencia de los ingresos que dicho salario proporcionaba al núcleo familiar.

Es decir, no es lo mismo despedir a un joven de 25 años y sin cargas familiares que, por formación, posteriormente tendrá relativa facilidad para encontrar un nuevo trabajo, que a una mujer de 55 años, con dos niños a cargo y sin más ingresos que entren en el hogar.

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, es la gran valedora de esta tesis, a la que la resolución del comité le ha dado un espaldarazo. "Es posible que no se tenga debidamente en cuenta el perjuicio real sufrido por el trabajador afectado en relación con las características específicas del caso", afirman desde el CEDS.

Si bien desde el ala socialista, tal como también recoge la resolución del comité, no son partidarios de esta línea y alertan de que esa especial protección puede tener un efecto boomeran. "Si el sistema de cálculo de la indemnización es subjetivo y tiene que determinarse caso por caso, algunas personas pertenecientes a grupos vulnerables pueden ser objeto de discriminación a la hora de decidir si emplearlos".