Pensiones

¿Cómo funciona la jubilación parcial y cómo quiere cambiarla el Gobierno?

La Seguridad Social se aviene a adelantar el retiro parcial, pero a cambio de exigir más años cotizados previamente

Los jubilados que sigan trabajando podrían combinar el 100% de pensión y salario a los cinco años en activo

Un trabajador de un centro logístico llena un camión para su posterior reparto.

Un trabajador de un centro logístico llena un camión para su posterior reparto. / Javier Cebollada / EFE

Gabriel Ubieto

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El Gobierno está negociando con patronal y sindicatos una nueva reforma de las pensiones y dentro de la misma un elemento destacado es la jubilación parcial. Esta es una fórmula que permite a aquellos profesionales que ya han alcanzado una edad próxima a la jubilación reducir parte de su jornada laboral y complementar su salario con parte de su futura pensión.

El año pasado un total de 26.304 trabajadores decidieron acogerse a la jubilación parcial, lo que equivale al 8% del total de personas que accedieron durante 2023 a algún tipo de jubilación. Ahora el Gobierno, en conversación con los agentes sociales, pretende reformular esta vía, para hacerla más accesible a aquellos trabajadores que llevan más años cotizados y a costa de aquellos que tienen menos.

¿Cómo funciona la jubilación parcial?

A día de hoy existen dos tipos de jubilación parcial: una vinculada a un contrato de relevo y otra sin este. La Seguridad Social contempla mejores condiciones para aquellas personas que se pongan de acuerdo con su empresa y pacten que ellos accenden a un retiro parcial, pero que la dirección contrata a otra persona que entra ya a trabajar y así uno forma al otro en la sucesión.

No obstante, no siempre esa coordinación es posible y muchos trabajadores acaban accediéndo a la jubilación parcial por su cuenta. Lo que sí es obligatorio es que trabajador y empresa estén de acuerdo y el primero no puede imponerle unilateralmente al segundo su acceso a este tipo de retiro.

Existe un colectivo con condiciones especiales y que puede acceder a una edad más temprana a la jubilación parcial y son los empleados de la industria manufacturera. Por un acuerdo alcanzado hace unos años -y que se ha ido prorrogando- entre el Gobierno y los agentes sociales, los trabajadores de este sector pueden acogerse a condiciones especiales y, por lo general, más beneficiosas que la del resto de sectores.

¿A qué edad puede uno acceder a la jubilación parcial?

Cada modalidad de jubilación parcial incorpora una edad diferente a la que una persona se puede jubilarse, pero, por lo general, esta permite adelantar dos años la edad efectiva de retiro. De media, en 2023, los nuevos jubilados parciales tenían 62,5 años y medio.

La que tiene condiciones más restrictivas es la jubilación parcial sin contrato de relevo. A esta pueden acceder aquellas personas que tengan más de 38,5 años cotizados una vez cumplan 65 años. Y si tienen menos de ese tiempo cotizado -pero siempre más de 15 años, que es el mínimo exigido- pueden hacerlo a los 66 años y medio.

Quienes se jubilen parcialmente con un contrato de relevo pueden hacerlo antes. Si se tienen 36 años cotizados o más, a partir de los 62 años y medio. Y si se tienen entre 33 años y 36 años y medio, a los 64 años. Y en el caso de la industria manufacturera, el acceso se adelanta a los 61 años.

¿Cuánto y durante cuánto tiempo se reduce la jornada?

El número de horas que el trabajador que acceda a la jubilación parcial dependerá del acuerdo al que llegue con su empresa. En ocasiones esto está regulado o pautado por el convenio colectivo de rigor, si bien la normativa contempla una serie de límites.

Por lo general, actualmente la reducción disponible oscila entre un mínimo del 25% y un máximo del 50% para aquellos jubilados parciales con o sin contrato de relevo. Es decir, un empleado que viniera haciendo 40 horas semanales, pasaría a hacer entre 30 y 20 horas. Si bien en este último caso el porcentaje de reducción podrá alcanzar un máximo del 75% si el contrato de relevo del sucesor es de jornada completa y por tiempo indefinido.

Los trabajadores de la industria manufacturera tienen condiciones especiales y pueden rebajar su jornada un mínimo del 25% y un máximo del 67%. Este último porcentaje puede escalar hasta el 80% cuando el contrato de relevo sea a jornada completa y por tiempo indefinido.

Si la reducción de jornada se hace por horas, es decir, recortando cada día un poco, o por semanas, suprimiendo días enteros, eso depende del acuerdo alcanzado entre empleado y empresa.

¿Cuánto se cobra de pensión? ¿Y de salario?

Una vez el trabajador accede a la jubilación parcial pasa a combinar parte de su antiguo sueldo con parte de su futura pensión. Por un lado, seguirá cobrando el salario que venía percibiendo, pero la parte proporcional a la jornada que realice. Es decir, si reduce un 20% su jornada, pasará a cobrar el 80% de su sueldo y un 20% de pensión. Suma que suele ser inferior al 100% del salario.

Luego la otra parte la complementa con parte de su prestación contributiva. El importe se calcula en el momento que el empleado accede a la jubilación parcial, que puede ser antes de la edad ordinaria para cobrar el 100% de la prestación. Lo que implicaría que una vez el trabajador se retire del todo, no cobre el 100% de prestación.

Retomando el primer ejemplo de 20% de reducción de jornada, el jubilado parcial cobrará un 20% de su futura pensión. Y cuando se jubile pasará a cobrar cinco veces, es decir, el 100% de lo que cobraba cuando estaba en parcial.

¿Qué plantea cambiar el Gobierno?

El Gobierno ha planteado que los trabajadores que opten por acceder a la jubilación parcial puedan hacerlo un año antes de lo que actualmente les permite la ley. Es decir, adelantar un total de tres años el retiro parcial. Pero, a cambio, pretende exigirles que hayan cotizado durante un periodo más del doble extenso de tiempo del requerido ahora. Lo que pasaría por avanzar el retiro parcial a una edad a partir de los 62 o 63 años y medio, pero exigir 38,5 años cotizados previamente.

Aquellos que quieran acceder a la jubilación parcial deberán acreditar 38 años y medio cotizados. Actualmente es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años. 

Otro cambio que plantea el Ejecutivo es modificar el porcentaje que una persona podrá reducir su jornada. Ahora se contempla una disminución del tiempo de trabajo de entre el 25 y el 50% y la Seguridad Social plantea rebajarlo durante el primer año a una horquilla de entre el 20 y el 33%.

Todas estas condiciones están sujetas a cambios, dado que la negociación con los agentes sociales todavía está activa y la Seguridad Social previsiblemente modulará sus posiciones para tratar de alcanzar un acuerdo tripartito, que luego deberá elevar al Congreso de Diputados. Su fecha de entrada en vigor es, por ende, incierta.

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