Laboral

Empleadas del hogar: la multa de 12.000 euros a los que no hagan esto

Los empleadores están obligados a dar de alta en la Seguridad Social a sus empleadas del hogar

Empleada del hogar durante una jornada laboral.

Empleada del hogar durante una jornada laboral.

Pedro Sanjuán

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Las empleadas y los empleados del hogar, como cualquier otro trabajador, deberán tener un contrato y estar dados de alta en la Seguridad Social antes de comenzar a trabajar en un puesto laboral, unos derechos que le fueron reconocidos en septiembre de 2022.

El trámite podrá realizarse desde 60 días antes de comenzar en el trabajo hasta la víspera del primer día en su nuevo empleo.

Son los empleadores quienes están obligados a realizar ese alta, independientemente de las horas de trabajo pactadas.

Los contratos de estas trabajadoras -el 95% del sector son mujeres- deberá estar por escrito y recoger las condiciones laborales relativas a la jornada, la retribución y el descanso.

Históricamente, el trabajo de empleadas del hogar se ha realizado en situación de precariedad laboral y fuera de una regulación que garantizara unos derechos dignos al sector. Sin embargo, en la actualidad, tener una empleada de hogar que no esté dada de alta puede suponer para el empleador una multa de hasta 12.000 euros por parte de la Inspección de Trabajo.

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