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Enfermedades que impiden renovar elcarnet de conducir: listado completo

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Persona conduciendo

Persona conduciendo

Alba Aguilera

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La Dirección General de Tráfico (DGT) acostumbra a ir modificando algunas de sus normas y permisos con tal de mejorar la seguridad al volante. Una de las nuevas medidas que el organismo ha dado a conocer añade algunas restricciones a la hora de renovar el carnet de conducir.

Todos los permisos de circulación tienen un periodo de vigencia con una fecha de validez, cumplida la cual no se puede conducir con él hasta que se renueve, tal y como aclara la DGT en su portal web. Seguidamente, recuerda los tres requisitos indispensables para llevar a cabo el trámite:

  1. No es necesario realizar ningún examen, solo superar un reconocimiento médico.
  2. Se puede hacer desde 3 meses antes de su fecha de caducidad. Adelantar la renovación no supone perder días de validez, ya que la prórroga del permiso empieza a contar desde la fecha en que caducara el antiguo.
  3. Aunque ya haya caducado, se puede renovar el permiso igualmente, pero es importante tener en cuenta que no se puede conducir mientras el permiso esté caducado.

Estas tres condiciones siguen intactas con la nueva normativa, pero se les añade un factor más restrictivo en el procedimiento de una de ellas: el reconocimiento médico obligatorio. A partir de ahora, la DGT advierte que algunas enfermedades no serán pasadas por alto y quienes las padezcan no podrán renovar su carnet de conducir.

Restricción por enfermedades

Las enfermedades son una de las principales causas de accidentes en carretera. De hecho, son muchos los casos que derivan de los medicamentos prescritos por los médicos, efectos secundarios de los cuales pueden llegar a resultar un verdadero peligro durante la conducción.

Por este motivo, la Dirección General de Tráfico ha confeccionado una lista de las enfermedades que pueden suponer un riesgo en la carretera. Son las siguientes:

Enfermedades con las que no podrían renovarte el carnet de conducir

  • Accidente isquémico transitorio
  • Alzheimer
  • Aneurisma de grandes vasos
  • Apnea del sueño
  • Arritmias
  • Crisis o pérdida de conciencia
  • Demencia o trastorno de la ansiedad
  • Depresión
  • Desfibrilador automático
  • Diabetes mellitus insulinodependiente
  • Disección
  • Dolencias oncológicas
  • Enfermedades cardíacas
  • Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas
  • Enfermedades digestivas
  • Enfermedades endocrinas
  • Enfermedades neurológicas
  • Enfermedades respiratorias
  • Epilepsia
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Hipotiroidismo y paratiroides
  • Infarto agudo de miocardio
  • Marcapasos
  • Nefropatía con diálisis
  • Parkinson
  • Problemas vasculares
  • Prótesis valvulares
  • Trasplante renal
  • Trastorno de la personalidad
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • Trastorno obsesivo-compulsivo
  • Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH)
  • Trastornos del sueño
  • Trastornos oncohemáticos

Si tu enfermedad no se considera lo suficientemente grave como para denegarte la renovación, puede que se aplique un régimen especial que la propia DGT especifica en estos casos: "Si durante el reconocimiento médico el doctor comprueba que padeces enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide la renovación, es susceptible de agravarse, el periodo de validez de tu permiso será menor. También será menor la tasa que debes pagar para renovarlo".

Precio

Las tarifas de la renovación del carnet de conducir aún no incluyen dicho caso especial, desconociéndose qué cantidad corresponde a este permiso con un periodo de validez menor al habitual. Por otro lado, el coste establecido para casos comunes es de 24,58 euros hasta los 70 años, edad a partir de la cual es totalmente gratuito. Estos importes no incluyen el gasto del reconocimiento médico, que se debe de pagar aparte.