Derechos digitales
Google, Meta y TikTok ganan una importante batalla legal a la Unión Europea
¿Ves esto en Instagram y Facebook? Meta quiere cobrarte para no usar tus datos
![Los logotipos de Google, Apple, Facebook, Amazon y Microsoft en un teléfono móvil frente a una bandera de la UE.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/31cd196c-fb4f-4d64-968f-b5ffb7ef261b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Los logotipos de Google, Apple, Facebook, Amazon y Microsoft en un teléfono móvil frente a una bandera de la UE. / JUSTIN TALLIS
![Carles Planas Bou](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/3cf5f6cc-c283-48e1-ad20-c17025600721_source-aspect-ratio_default_0.jpg)
Carles Planas Bou
Periodista
Periodista tecnológico entre el mundo digital y la política internacional. Centrado en capitalismo de plataformas, IA, vigilancia y derechos digitales. Excorresponsal en Berlín durante más de cuatro años, cubrió los gobiernos de Merkel, la crisis de los refugiados y el auge de la extrema derecha. También ha trabajado en Europa Central y en Canadá. Graduado en Periodismo por la URL y máster en Relaciones Internacionales por la UAB. Ha colaborado con TV3, TVE, Deutsche Welle, Catalunya Ràdio, El Orden Mundial o El Salto.
Carles Planas Bou
Google, Meta y TikTok tienen un motivo para sonreir. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha publicado una sentencia que limita el margen de maniobra de los países europeos para imponer sanciones contra empresas establecidas en otros territorios.
En 2021, Austria aprobó una ley que obligaba a las plataformas de comunicaciones a detectar y verificar los contenidos "potencialmente ilícitos" o arriesgarse a multas de hasta 10 millones de euros. Los tres gigantes tecnológicos recurrieron esa normativa, asegurando que al tener su sede fiscal europea en Irlanda no podían estar sujetas a las decisiones judiciales austríacas.
Este jueves, el TJUE les ha dado la razón. "Un Estado miembro no puede someter al prestador de una plataforma de comunicación establecido en otro Estado miembro a obligaciones generales y abstractas", reza el dictamen. Ese enfoque nacional, prosigue, "es contrario al Derecho de la Unión que garantiza la libre circulación de los servicios de la sociedad de la información mediante el principio del control en el Estado miembro de origen del servicio que se trate".
Esa restricción judicial será solo en los casos que deban aplicarse "medidas de carácter general y abstracto". Así, los Estados miembros de la Unión Europea (UE) podrán "adoptar efectivamente medidas para garantizar el orden público, la protección de la salud pública, la seguridad pública o la protección de los consumidores".
Más allá de estos "casos específicos" y "condiciones estrictas", el único país capacitado para ejecutar esas decisiones judiciales será donde residan esas empresas. En el caso de los gigantes tecnológicos se tratará de Irlanda, donde la mayoría están instaladas gracias a sus exenciones fiscales.
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