Estos son los trámites que llegan tras la defunción de un ser querido: todo lo que tienes que saber

El testamento, el Certificado de Defunción o solicitar las prestaciones de supervivencia son los más básicos

Áltima, empresa funeraria líder en Catalunya, cuenta con un servicio de gestoría que se encarga de tramitar todas estas cuestiones

El fallecimiento de un ser querido siempre va acompañado de trámites burocráticos

El fallecimiento de un ser querido siempre va acompañado de trámites burocráticos / Cedida

Pep Canals

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La muerte de un ser querido es siempre un plato de mal gusto. Da igual la edad, las condiciones del fallecimiento… Se trata de una situación con una alta carga emocional que afecta siempre al entorno de la persona difunta. Pero, además del impacto emocional, se trata de una situación que siempre va acompañada de trámites burocráticos y administrativos inevitables.  

Una de estas gestiones es el testamento. Este documento, con una larga tradición histórica desde la antigüedad, es una declaración en la que la persona fallecida dispone el destino de sus bienes a favor de uno o más herederos, además de establecer también legados y otras disposiciones para después de su muerte.

“Es un trámite recomendable y que se puede llevar a cabo de forma muy ágil. Lo mejor es, tratándose de una gestión con implicaciones legales y fiscales, llevarlo a cabo de la mano de un profesional”, explican desde Áltima, empresa funeraria con más de 300 años de tradición familiar, que ofrece servicios de gestión administrativa a las familias para que sepan qué hacen, hacerlo cuando toque y con todas las garantías.

Trámites como el testamento son inevitables

Trámites como el testamento son inevitables / Cedida

¿Quién hace un testamento?

Lo más habitual es hacerlo ante notario, aunque también es posible hacerlo de forma hológrafa, es decir, cuando el testador escribe de su puño y letra el testamento válido, haciendo constar el lugar y la fecha de otorgamiento. Este documento es válido si se presenta ante un juez en un tiempo de cuatro años tras su defunción.

“Hay quien afirma que hacer un testamento es un acto de amor. Evita conflictos familiares y asegura que se cumpla aquello que quería la persona difunta para sus herederos. Además, también puede servir como herramienta para proteger a hijos menores de edad, puesto que permite nombrar tutores”, aseguran desde Áltima.

Otros trámites tras la defunción

Uno de los primeros trámites es el Certificado Médico de Defunción, un documento que sirve para certificar ante el registro civil del municipio la defunción. Una vez hecho este paso, el registro se encarga de expedir el Certificado Literal de Defunción, que servirá para validar el resto de gestiones.

En los siguientes tres meses también se tienen que tramitar las pensiones de supervivencia, como la de viudedad; cursar bajas en bancos o cualquier otro servicio, además de conseguir el Certificado de Últimas Voluntades para aceptar la herencia.

Servicios de gestoría en Áltima

“La asunción de estos trámites por parte de la familia puede hacer aún más difícil el momento”, apuntan desde la funeraria, que cuenta con un servicio de gestoría con profesionales que trabajan para resolver todos estos trámites. Por ejemplo, en el caso del Certificado Médico de Defunción, los profesionales de Áltima se encargan de conseguirlo y entregarlo ante el registro civil. Todo ello, con el objetivo de ayudar a las familias a comenzar el duelo sin tantos dolores de cabeza.

Áltima dispone de un servicio de gestoría para ayudar a las famílias

Áltima dispone de un servicio de gestoría para ayudar a las famílias / Cedida

Entre los trámites que la empresa funeraria gestiona, se encuentran:

  1. Partida literal de defunción. Documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona
  2. Certificado de Últimas Voluntades. Documento que acreditan si el difunto otorgó testamento y ante qué notario
  3. Certificado de Cobertura de Seguro de Vida / Accidentes.
  4. Solicitud de Prestaciones de Supervivencia (solo prestaciones contributivas): Viudedad / Orfandad.
  5. Solicitud auxilio por defunción.
  6. Confirmación Baja prestación de la seguridad social.
  7. Presupuesto de costes fiscales y administrativos.
  8. Orientación jurídica.
  9. Bajo presupuesto: Aceptación de Herencia, Liquidación de impuesto de sucesiones y plusvalías municipales, Inscripción en los registros de la propiedad, Cambio de nombre vehículos ante la DGT, Tramitación cobro seguros de vida Mediación sucesoria, reclamación derechos legitimarios, etc.