Movilidad
Casco, edad mínima, seguro..., así es la propuesta de Trànsit para que los municipios incorporen el patinete eléctrico a su ordenanza
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![Patinetes en la avenida Diagonal de Barcelona](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/acc3244d-9376-4aae-8a2d-920218511f96_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Patinetes en la avenida Diagonal de Barcelona / Jordi Otix
![Carlos Márquez Daniel](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/55ffc953-f5d9-4cc0-b3b4-47aa7ef4f745_source-aspect-ratio_default_0.jpg)
Carlos Márquez Daniel
Periodista
Periodista especializado en Barcelona. En 'El Periódico' desde principios de siglo. Los últimos 15 años, dedicados a la información local: movilidad, urbanismo, infraestructuras, política municipal, barrios, área metropolitana y medio ambiente. Colaborador habitual en los programas de televisión 'Planta Baixa' (TV3) y 'Bàsics' (Betevé).
Carlos Márquez Daniel
No llega al 10% el porcentaje de municipios catalanes que han adaptado sus ordenanzas de circulación a la irrupción de los vehículos de movilidad personal (VMP) en los núcleos urbanos. Afortunadamente, la proporción es mucho más elevada (65%) cuando se consultan los reglamentos de las ciudades de más de 100.000 habitantes. Pero en el global, 847 localidades no han regulado los patinetes eléctricos por solo 82 que sí lo han hecho. Ante este paisaje, el Servei Català de Trànsit (SCT) acaba de publicar unas recomendaciones para que los ayuntamientos neófitos en la materia tengan una hoja de ruta a la que acogerse. La velocidad, los espacios, la seguridad vial o la vigilancia son algunas de las tareas a las que debe hacer frente el consistorio, tomando decisiones que tienen una base legal y una parte, digamos, más subjetiva, adaptada a cada urbe.
![Patinetes y peatones en la Gran Via, en Barcelona.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/265cb69a-13f4-4c8f-ba05-bd342fa87b21_alta-libre-aspect-ratio_default_0.jpg)
Patinetes y peatones, en la Gran Via de Barcelona. / Jordi Otix
Trànsit deja claro lo que es indiscutible, como la prohibición del uso de las aceras o la circulación por los carriles bus o las vías interurbanas. También marca en rojo la posibilidad de llevar pasajero, conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas (se les puede someter a los mismos controles que al conductor de un coche), trucar el VMP o usar auriculares o el teléfono móvil. Eso debe ser de aplicación segura porque así lo marca el reglamento de la Dirección General de Tráfico. Ramon Lamiel, director de Trànsit, admite que el marco legal no es del todo cristalino: "Hemos realizado una análisis de la normativa y hemos detectado que hay mucha confusión. Con est dosier ofrecemos a los municipios criterio, opinión y autoridad".
¿Y el casco?
En cuanto al uso del casco aplica la confusión a la que se refiere Lamiel. Trànsit es muy claro en lo que hace referencia a este punto: "Existe potestad reglamentaria para el uso del casco y podría recaer sobre las ordenanzas municipales la decisión, pero dado que el reglamento general de circulación de vehículos no desarrolla en qué supuestos es obligatorio, actualmente la obligatoriedad no es aplicable". A pesar de ello, el SCT insta a los consistorios a imponer este elemento de seguridad, aunque si luego un policía local de Tortosa, de Manlleu o de Saldes para a un usuario de patinete sin protector craneal, no podrá aplicarle ninguna sanción. Tampoco el seguro obligatorio está contemplado, así que, del mismo modo, podrá recomendarse pero en ningún caso imponerse.
![Un patinete por una calle de Barcelona con dos ocupantes](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/0a22edef-42dd-4066-afcb-bcc297b2a973_alta-libre-aspect-ratio_default_0.jpg)
Un patinete por una calle de Barcelona con dos ocupantes / Zowy Voeten
La propuesta de ordenanza define los distintos espacios por los que puede y no puede circular un patinete eléctrico, con la duda, que debe resolver cada localidad, de si permitir que compartan espacio con los automóviles y las motos en calles con la velocidad limitada a 50 km/h, en las zonas peatonales y en los parques urbanos. En estas dos últimas categorías, reza Trànsit, cada ayuntamiento deberá decidir lo que mejor asegure la convivencia entre los distintos modos de moverse por la ciudad.
También establece la recomendación -que no obligación, porque no lo marca la DGT- de una edad mínima, que sitúa en los 16 años y establece las características obligatorias de un patinete en el caso de que se vaya a usar como vehículo para la distribución urbana de mercancías, algo cada vez más habitual para el denominado reparto de última milla.
Jungla urbana
El documento elaborado por Trànsit incorpora ejemplos de municipios que ya han tomado cartas en el asunto, así como campañas de comunicación y sensibilización destinadas a informar más y mejor a la ciudadanía sobre lo que puede y no puede hacer el patinete eléctrico en la jungla urbana. Ramon Lamiel, director de Trànsit, señala que la propuesta pretende ser "una ordenanza de ordenanzas, una herramienta para ordenar la movilidad de estos vehículos, la siniestralidad de los cuales hemos visto que se ha incrementado notablemente en los últimos años". Desde 2018, el porcentaje de siniestros de VMP se ha multiplicado por 10. Eran el 0,4% del total del total de vehículos implicados en siniestros y en 2021 escalaron hasta el 4,2%. Las bici han pasado del 3,9% al 5,6%. El aumento, sin embargo, se debe más al crecimiento del medio que a la propia indisciplina de los usuarios.
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