DESDE HOY
El Gobierno prohíbe el alza de precios en los servicios funerarios
Sanidad anuncia el veto a los velatorios y las ceremonias fúnebres para evitar el contagio
![Un ataúd en el tanatorio de Coslada (Madrid).](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/d9ca3fce-f790-485b-8a06-4282f5d325cd_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Un ataúd en el tanatorio de Coslada (Madrid). / periodico
El Gobierno ha prohibido este lunes el alza de precios en los servicios funerarios, además de la celebración de velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en domicilios particulares y ceremonias fúnebres para evitar el contagio del coronavirus.
Así lo recoge la orden SND/298/2020 de 29 de marzo publicada en el Boletín Oficial del Estado, en la que se detalla que la prohibición afecta a todos los fallecidos, y no solo a aquellos que estuvieran infectados por covid-19.
En este sentido, Sanidad reconoce que "debido a las especiales características que rodean las ceremonias fúnebres, es difícil asegurar la aplicación de las medidas de contención y distanciamientocon la separación interpersonal de más de un metro necesaria para limitar la propagación del virus".
Solo tres familiares
No obstante, el departamento que dirige Salvador Illa establece que la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de tres familiares o allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
Además, el Ministerio ha fijado además que durante el periodo de vigencia del estado de alarma, los precios de los servicios funerarios no podrán ser superiores a los precios vigentes con anterioridad al 14 de marzo del 2020, cuando entró en vigor el estado de alarma.
La medida tiene carácter retroactivo desde el inicio del estado de alarma. Su incumplimiento supondría una infracción a efectos de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
En este sentido, las empresas de servicios funerarios deberán facilitar al usuario, con carácter previo a la contratación del servicio, un presupuesto desglosado por cada uno de los conceptos incluidos en el mismo y la lista de precios vigente con anterioridad al 14 de marzo del 2020, aun en el supuesto de que resulte necesario realizar actuaciones específicas como consecuencia de los fallecimientos producidos por causa del coronavirus.
Por último, Sanidad establece que tampoco se podrán realizar prácticas de tanatoestética, intervenciones de tanatopraxia, ni intervenciones por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver a personas fallecidas por covid-19.
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