PSOE

Ferraz da un tirón de orejas a Lambán e insta al PSOE Aragón a retirar sus mociones sobre financiación

La dirección nacional del partido ha enviado una carta al secretario de organización, Darío Villagrasa, pidiéndole que se cancelasen tanto la PNL en las Cortes como la moción en el Ayuntamiento de Zaragoza

Javier Lambán, este sábado junto a Lola Ranera en el comité federal socialista en Ferraz.

Javier Lambán, este sábado junto a Lola Ranera en el comité federal socialista en Ferraz. / EFE

Alberto Arilla

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Que la dirección del PSOE aragonés y Ferraz no tienen buena relación es un hecho. Las diferencias entre el aún secretario regional, Javier Lambán, y Pedro Sánchez son palpables desde hace tiempo, y con el paso de los meses y las políticas no hacen más que recrudecerse. El último episodio se ha vivido con el acuerdo con ERC para investir a Salvador Illa en Cataluña, que deja la puerta abierta a una financiación singular para la comunidad vecina que ha sido rechazada inmediatamente, incluso antes de que se firmase el pacto, por la ejecutiva socialista aragonesa. Buena muestra de ello son tanto la proposición no de ley (PNL) que el grupo parlamentario llevará al próximo pleno de las Cortes, el jueves 12, como la moción que interpondrá el PSOE en el consistorio zaragozano, ambas relativas al rechazo del acuerdo fiscal con Cataluña.

En cambio, esta vez Ferraz ha decidido intentar imponer su criterio y ha dado un pequeño tirón de orejas a Javier Lambán, en una carta dirigida directamente al secretario de Organización del PSOE aragonés, Darío Villagrasa, en la que literalmente se insta a "la retirada de la proposición no de ley y la moción presentada por el Grupo Socialista en las Cortes de Aragón y en el Ayuntamiento de Zaragoza, así como otras que se pudieran presentar en el mismo sentido en otras instituciones del territorio".

Dos peticiones que, por el momento, no han sido atendidas, y que en la práctica es bastante improbable que lleguen a buen puerto. De hecho, según ha podido saber este diario, el grupo parlamentario socialista lleva unos días estudiando los argumentos esgrimidos por Ferraz y en los próximos días remitirá una respuesta en la que explicará los porqués de su presentación en junio y de la conveniencia de mantenerla ahora, por lo que no está previsto que sea retirada.

La dirección nacional del partido se ampara en el artículo 15.1 de sus estatutos, el cual asegura que "cualquier actuación de los órganos que integran el partido que resultase contraria a lo establecido en estos Estatutos Federales, a las reosoluciones del Comité Federal o de la Comisión Ejecutiva Federal podrá ser suspendida y dejada sin efecto". Cabe recordar aquí que la Ejecutiva Federal socialista aprobó el pasado 30 de julio el acuerdo con ERC, por lo que podría usar este epígrafe para dejar sin efecto las decisiones del PSOE aragonés.

La misiva, que fue enviada el pasado jueves 5 de septiembre desde Madrid por el secretario del Área Institucional y Grandes Ciudades, Alfonso Rodríguez, se detiene en varios artículos de los Estatutos Federales del PSOE para hacer tal petición. En primer lugar, habla del artículo 31.f, que da competencias a la Comisión Ejecutiva Federal para "diseñar" los métofos que "aseguren la coordinación de los diversos proyectos políticos del partido en todos los ámbitos". Una idea que redunda en el artículo 73, que afrima que los grupos parlamentarios y locales del partido "dependerán de los órganos de dirección correspondientes" y que "todos sus integrantes deberán acatar las resoluciones, programas y acuerdos que en materia política les afecte".

Por otra parte, la carta enviada desde Ferraz también cita el artículo 233.2, sobre el ámbito de actuación de las grupos municipales, cuyas competencias, según los estatutos, "se ejercerán sin perjuicio de aquellas que, en su ámbito territorial, por ser cuestiones supramunicipales, correspondan a los grupos de ámbito mayor". Es decir, que el equipo liderado por Lola Ranera debería abstenerse de presentar una moción en el ayuntamiento, pues va más allá de su territorio y competencias, siempre según se desprende de los artículos citados.

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