CRIPTOACTIVOS

La Fiscalía pide reformas legales "urgentes" ante la revolución 'cripto' en el narcotráfico

El Ministerio Público reconoce que los países se encuentran ante un "enorme reto técnico y jurídico"

Existen problemas a la hora de gestionar los criptoactivos incautados

El TJUE ha avalado que se puedan utilizar los datos intervenidos en aplicaciones de mensajería instantánea encriptada

El TJUE ha avalado que se puedan utilizar los datos intervenidos en aplicaciones de mensajería instantánea encriptada / Pixabay

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En la era digital, los narcotraficantes ya no esconden su fortuna en bidones enterrados bajo tierra, como hiciera en su día Pablo Escobar. Tampoco coordinan sus operaciones, si son lo suficientemente inteligentes, mediante llamadas ni mensajes de WhatsApp. En plena ola de la revolución 'cripto', prácticamente todos sus movimientos se cifran en la red a través de sofisticadas divisas virtuales y aplicaciones de mensajería que, hasta hace bien poco, parecían prácticamente inexpugnables a ojos de la justicia.

Es por eso que los sistemas judiciales de medio mundo, incluida por supuesto Europa, llevan los últimos años intentando encontrar la forma de conjugar la actualización de las leyes para adaptarlas al nuevo escenario digital sin que, con ello, se vean comprometidos los derechos fundamentales de los ciudadanos.

En ese sentido, la Fiscalía española, que ha pedido una serie de reformas legales "urgentes" para poder abordar mejor el "enorme reto técnico y jurídico" que supone este nuevo 'criptoescenario', siguió con gran interés una resolución publicada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado mes de mayo.

En ella, se avalaba la posibilidad de que los representantes del Ministerio Público pidiesen una Orden Europea de Investigación para recabar datos de aplicaciones de mensajería encriptada como EncroChat, SKY-ECC o ANOM. Y, aunque los afectados podría impugnar la información recabada, sería el juez quien tendría la última palabra sobre su validez en cada caso.

Miles de condenados

"En muchos procedimientos los datos sirven para apuntalar las pruebas, y, en otros, son útiles para ampliar la investigación hasta los escalones más altos de la organización", explica el Ministerio Público, que apunta a que, de esta forma, se puede llegar más fácilmente hasta los verdaderos narcos y no solo a quienes manipulan los alijos en el momento de la detención.

Esto, que tendrá un gran impacto en los casos futuros, también tiene su repercusión inmediata en cerca de un centenar de procedimientos penales que la Fiscalía estima que haya ahora mismo abiertos en España en los que se incorporen datos incautados de estas aplicaciones. En toda Europa, las estimaciones de la Justicia española hablan ya de miles de procedimientos y cientos de organizaciones dedicadas al narcotráfico desarticuladas gracias a este avance.

"Lo que diferencia a nuestro país del resto es la extraordinaria lentitud de los procedimientos judiciales, lo que ha conducido a España sea el único de la Unión Europea donde no ha habido pronunciamiento alguno de los Tribunales Superiores o Tribunales de Casación", critica el informe de la Fiscalía, que recuerda que solo en el Reino Unido ya se han confirmado penas de prisión a más de 1.000 acusados gracias a la utilización de estos datos previamente encriptados.

¿Qué hacer con los criptoactivos incautados?

Además, y para afrontar ese "enorme reto técnico y jurídico" que supone esta revolución 'cripto' en el mundo del narcotráfico, la Fiscalía también ha pedido una reforma "urgente" de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para poder gestionar los criptoactivos incautados, que son "cada vez más frecuentes".

"Se plantean problemas de custodia de los monederos [virtuales] y de sus claves, y, sobre todo, es necesario regular por ley el destino de estos dada la volatilidad y fluctuaciones que experimentan", apunta el informe presentado el pasado jueves durante la apertura del nuevo año judicial en España.

De esta forma, los fiscales aseguran que la actual legislación "no es adecuada para estos activos", pues "no generan gastos de depósito ni siempre se deprecian, pues a veces multiplican su valor en un corto espacio de tiempo o lo pierden completamente". "La decisión sobre enajenarlos o no tiene consecuencias importantes y debe de estar adecuadamente regulada", zanja el Ministerio Público.