Causa contra el expresident

El juez Llarena tiene una petición de reactivar la euroorden de detención sin tramitar contra Puigdemont

El escrito de Vox fue presentado el 4 de julio ante la Sala Segunda del Supremo después de que esta rechazó aplicar la ley de amnistía a la malversación el 1 de julio

Una prestidigitación jurídica para situar al Tribunal Supremo en rebeldía contra el imperio de la ley, por Ernesto Ekaizer

El juez Llarena.

El juez Llarena.

Ernesto Ekaizer

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El pasado 12 de junio de 2024, el expresident Carles Puigdemont accedió a su acta de diputado del Parlament de Catalunya, después de decidir no repetir en las elecciones europeas del 9 de junio y obtener su escaño en la Cámara catalana. Automáticamente -es incompatible acceder a las dos actas- al terminar el trámite para hacerse con el escaño catalán, Puigdemont perdió la inmunidad que le protegia en calidad de eurodiputado. Sin embargo, el magistrado instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, no cursó una nueva euroorden de detención de Puigdemont (y de Lluis Puig y Toni Comín) a Bélgica por el delito de malversación.

Esa euroorden fue dejada sin efecto con ocasión del recurso presentado por la defensa de Puigdemont contra la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) que le quitó la inmunidad el 5 de julio de 2023. Al no adquirir firmeza esa sentencia del TGUE por el recurso que presentó Puigdemont ante el órgano superior, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Llarena respondió a las peticiones de la Fiscalia del Supremo y del partido Vox que mantenia en suspenso la reactivación de las euroórdenes de detención hasta el fallo del TJUE.

Pero la situación procesal de Puigdemont sufrió un giro copernicano cuando decidió optar por presentarse a las elecciones autonómicas catalanas anticipadas al 12 de mayo. Y renunciar, por tanto, a ser reelegido eurodiputado el 9 de junio.

Renunciar a la inmunidad

Esa renuncia nos conduce a lo que importa: renunciar a la inmunidad que le había protegido durante cinco años, entre el 19 de julio de 2019, cuando ganó su escaño por la lista Lliures per Europa en la IX legislatura del Parlamento Europeo, y el 12 de mayo de 2024, al obtener, como se ha apuntado, el acta en el Parlament.

El magistrado Llarena, pues, había conseguido ese 12 de junio de 2024 un escenario inédito en su persecución penal de Puigdemont (Bélgica, Alemania, Italia), en el que por primera vez Puigdemont se le ponía a tiro despojándose de su inmunidad europea y, para más inri, por decisión propia. Sucede que el escaño obtenido por el expresident en el Parlament no impedía al magistrado dictar la citada euroorden.

Sin embargo, no reactivó la euroorden de detención a partir del 12 de junio. Y cuando el 1 de julio pasado, Llarena y el presidente de la Sala Segunda y presidente de la Sala que decidía sobre la ley de amnistía, Manuel Marchena, resolvieron no aplicarla al delito de malversación tampoco acto seguido se replantearon la euroorden de detención, siendo que sí ordenaron a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado mantenerse alertas porque seguía en vigor la orden de detención nacional.

Llarena no podía actuar, según fuentes judiciales, de oficio. Porque la nueva posible euroorden ya nada tenía que ver con el recurso suspensivo ante el TJUE por la inmunidad que se le había quitado a Puigdemont en julio de 2023.

Acusación popular de Vox

Pero he aquí que la acusación popular de Vox presentó un escrito el 4 de julio pasado en el que pone el acento en el hecho de que se decidido, el 1 de julio, no aplicar a Puigdemont la ley de amnistía. Y, además, recuerda que Puigdemont ya no tiene inmunidad por no haber repetido en las elecciones europeas del 9 de junio pasado.

Por tanto, el magistrado Llarena tiene una petición en toda regla de la acusación popular de Vox -lleva con ella doce días- y no consta que haya solicitado a las otras partes -Fiscalia del Supremo y Abogacía del Estado- que informen al respecto.

En la situación presente, habida cuenta del cambio producido por la junta de fiscales de Sala del Supremo, favorable a aplicar la amnistía a los delitos de malversación y terrorismo (este último en su acepción europea), es previsible que tanto la Fiscalía como la Abogacia del Estado se opondrán a dictar la citada euroorden de detención. Fuentes judiciales señalan que ni Llarena ni Marchena parecen ser entusiastas a la hora de reactivar la euroorden.

"Furor cautelar escaso"

"No están a favor de adoptar ninguna medida cautelar si Puigdemont no fuerza la situación. Son conscientes de que sus argumentos sobre la inaplicabilidad a la malversación son frágiles, y es probable que el Tribunal Constitucional se los tumbe. En ese caso pasarían al plan B, que es plantear la cuestión al TJUE con argumentos no menos "creativos", abriendo además un paréntesis temporal de suspensión hasta que el Tribunal de Luxemburgo resuelva.

¿Durante todo ese tiempo van a mantener en prisión a Puigdemont a sabiendas de que el intento de eludir la amnistía se puede disolver como un azucarillo? No creo. Por eso yo creo que el furor cautelar es escaso" dijo la fuente consultada a El Periódico. Ahora bien, como ahora se trata de solicitar la extradición por el delito de malversación o administración desleal de fondos públicos, las posibilidades de las autoridades belgas se avengan a entregar a Puigdemont se estima como menos imposible. En todo caso, Llarena podía técnicamente reactivar la euroorden para detener a Puigdemont desde el 4 de julio con la solicitud de Vox. Y no lo ha hecho.

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