Incluido en el decreto anticrisis
El Gobierno cumple con Junts y deroga el artículo que paralizaba la amnistía ante una cuestión prejudicial en el TJUE
El Ejecutivo pactó con los posconvergentes esta reforma a principios de año a cambio de su abstención en tres textos legales
La Moncloa asegura que la iniciativa tendrá poco efecto en la práctica, porque los tribunales podrán seguir suspendiendo los procedimientos cuando acudan a Europa
![El ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, junto al Fiscal General del Estado, Álvaro García, durante un acto de entrega de despachos.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/0142a654-4b4b-40ff-af55-f6600a20b042_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
El ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, junto al Fiscal General del Estado, Álvaro García, durante un acto de entrega de despachos. / JOSÉ LUIS ROCA
![Juan Ruiz Sierra](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/8ed926a1-61e9-4f56-ac74-0ff6c3f7af80_source-aspect-ratio_default_0.jpg)
![Juan Ruiz Sierra](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/8ed926a1-61e9-4f56-ac74-0ff6c3f7af80_source-aspect-ratio_default_0.jpg)
Juan Ruiz Sierra
Periodista
El Gobierno ha decidido incluir en el real decreto anticrisis, publicado este jueves, una medida de importancia política que nada tiene que ver con las materias del texto legal. En un guiño a Junts per Catalunya, la norma incorpora la derogación del artículo 43 bis de la ley de Enjuiciamiento Civil, un precepto que explicitaba que los jueces podían paralizar la aplicación de la amnistía y del resto de leyes mediante la presentación de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
El decreto que ahora entra en vigor deja claro en su disposición derogatoria que este artículo queda suprimido. A partir de ahora, explica la norma recién publicada, serán los “órganos judiciales nacionales los que puedan aplicar directamente la jurisprudencia del TJUE”. En la práctica, sin embargo, los propios tribunales, en aplicación de la doctrina del propio TJUE, suspenden los procedimientos cuando plantean una cuestión prejudicial ante este órgano.
En cualquier caso, la derogación supone cumplir con un compromiso con los posconvergentes que tiene su origen a principios de año. El pasado 14 de enero, tras una negociación agónica, los siete diputados de Junts se abstuvieron en tres reales decretos del Gobierno, uno de ellos el anticrisis, a cambio de jugosas contrapartidas. Entre otras, el traspaso integral a la Generalitat de las competencias sobre migración en una fecha no especificada, la publicación de las balanzas fiscales, la rebaja del IVA al aceite de oliva y la derogación del 43 bis.
Una corta existencia
El artículo, que venía a explicitar lo que ya era costumbre en los tribunales, ha tenido una vida efímera. Fue impulsado por el Gobierno a mediados de diciembre, y entonces el ministro de Justicia, Félix Bolaños, aseguró que respondía a una solicitud de la Comisión Europea. Pero Junts señaló que podía torpedear la aplicación de la amnistía, que entró en vigor hace poco más de dos semanas. Solo que según ha venido sosteniendo el Gobierno hasta ahora, la derogación del 43 bis tendrá poco efecto en la práctica, porque las cuestiones prejudiciales ante el TJUE continuarán paralizando los procedimientos. Fuentes de Justicia se han reafirmado este jueves en la misma tesis.
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