Contrarreloj

El Supremo estudia los informes de Fiscalía y defensas para fijar cómo afecta la amnistía a Puigdemont y al 'procés'

Puigdemont pide al Supremo que aplique la amnistía y le retire inmediatamente la orden de detención

MULTIMEDIA | Todas las claves de la ley de amnistía del 'procés'

Supremo estudia informes de Fiscalía y defensas para fijar cómo afecta la amnistía a Puigdemont

Europa Press

Europa Press

Europa Press

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Tribunal Supremo (TS) estudia ya los informes de acusaciones -Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox- y defensas de cara a fijar cómo afecta la ley de amnistía al expresidente catalán Carles Puigdemont y al resto de procesados y condenados en la causa del 'procés'.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press señalan que el instructor del 'procés', el juez Pablo Llarena, y los magistrados de la Sala de lo Penal que juzgaron la causa analizan las alegaciones de las partes y el contenido de la ley para determinar si es aplicable o no a los líderes independentistas encausados en el Supremo.

La instructora de la pieza relativa a 'Tsunami Democràtic', la juez Susana Polo, aún tiene pendiente recibir escritos de varias de las partes, ya que dio un plazo de 10 días para la presentación de informes, frente a los cinco días que fijaron Llarena y el tribunal del 'procés'. En el caso de Puigdemont, además, amplió el plazo a petición de su letrado, Gonzalo Boye, porque no estaba aún personado en el procedimiento.

Vox y Sociedad Civil, de acusación popular

Llarena y los magistrados del 'procés' examinan, en su mayoría, informes favorables a la aplicación de la norma: la Fiscalía, la Abogacía del Estado y las defensas han pedido que se amnistíe la desobediencia y la malversación a Puigdemont y al resto de encausados, al entender que los hechos que se les atribuyen están amparados por la ley. También solicitan que se desactiven las órdenes nacionales de busca y captura que pesan sobre ellos.

El Supremo cuenta, sin embargo, con los informes en contra de Vox -que ejerce la acusación popular en la causa del 'procés' y en la de 'Tsunami'- y de Sociedad Civil Catalana -que figura como acusación popular en la causa instruida por Polo-. Ambos han defendido que hubo enriquecimiento por parte de los encausados y que, por ende, no se les puede perdonar la malversación; tampoco ven viable amnistiar el terrorismo.

Por el contrario, Vox defiende que la ley de amnistía no es aplicable a los encausados y procesados para el delito de malversación porque considera que se enriquecieron al costear el referéndum ilegal con fondos públicos. La formación señala además que no se puede aplicar la norma porque confronta con la Directiva europea de lucha contra el fraude. "A la luz de la normativa europea, (...) el delito de malversación se configura como aquellos que, junto con el blanqueo de capitales, y cohecho activo y pasivo afectan a intereses financieros de la Unión", resalta.

Con todo, los magistrados tienen la última palabra y deberán resolver cómo aplican la ley: si los hechos que se atribuyen a los encausados están o no amparados por la norma y qué pasa con las órdenes nacionales de detención. En caso de dudas sobre el encaje de la norma en el Derecho de la Unión podrán consultar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE); si las dudas son sobre la legalidad del texto, podrán plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC).

Fiscalía, abogacía y defensas

En su informe, los fiscales defienden que la malversación del 'procés' es amnistiable porque no consta ningún enriquecimiento personal por parte de los encausados y porque los hechos probados "no contienen ninguna alusión o referencia a que se hubiere producido una afectación directa o indirecta a los intereses financieros de la Unión Europea".

Para el Ministerio Público, no amnistiar a Puigdemont, a los exconsejeros procesados en rebeldía Toni Comín y Lluís Puig y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, "dejaría prácticamente vacío de contenido lo dispuesto" en la norma.

Sobre el caso de los condenados por el 'procés' -el exvicepresident del Govern Oriol Junqueras y los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa-, la Fiscalía también aboga por amnistiarles, pero recuerda que "el hecho de que los delitos cometidos sean amnistiados por decisión del legislador español no permite poner en duda la legitimidad de las condenas o la de los jueces y tribunales que las dictaron".

En la misma línea, la Abogacía del Estado argumenta que se debe aplicar la amnistía a todos ellos porque "la totalidad de los hechos" encajan en los actos recogidos por la ley. No ve ni enriquecimiento personal ni afectación a los intereses financieros de la UE.

Para los servicios jurídicos de la Administración, "la ley de amnistía sí resulta aplicable a los hechos" atribuidos a los encausados tanto por el delito de malversación como por el de desobediencia porque "cumplen con las finalidades expresas que justifican" la aplicación del texto legal.

Al margen, la Fiscalía ha presentado también su informe sobre la pieza de 'Tsunami Democràtic', en la que se investiga la presunta participación de Puigdemont y del diputado de ERC en el Parlament, Ruben Wagensberg, en los disturbios achacados a la plataforma independentista durante las protestas de octubre de 2019 en respuesta a la sentencia del 'procés'. Pide que se les amnistíe el delito de terrorismo.

Boye pide levantar las medidas cautelares

Por su parte, la defensa de Puigdemont ha entregado un informe al Supremo en el que asegura que "una lectura desapasionada" de la ley de amnistía "permite manifiestamente su aplicación a los hechos (...) calificados como delito de malversación de caudales públicos" en el auto por el que se le procesó.

Su abogado, el letrado Boye, también reclama "el levantamiento de las medidas cautelares" que le afectan, refiriéndose específicamente a la orden de busca y captura e ingreso en prisión que pesa sobre él y que fue acordada en enero de 2023.

Para el letrado, "no cabe duda alguna acerca de que los presuntos actos atribuidos a las personas ilegalmente procesadas en la presente causa penal, calificados de delito de malversación de caudales públicos, de haber existido, lo habrían sido con la intención de promover o procurar la celebración del referéndum" del 1-O.