Ley de amnistía
Junqueras insiste en no quedar excluido de la amnistía: "Fue la voluntad del legislador"
La cúpula fiscal, en una junta dividida, acordó ayer apoyar el criterio del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, de pedir la amnistía para todos los líderes independentistas condenados por el procés, incluido el delito de malversación
EFE
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El exvicepresidente del Govern, Oriol Junqueras, ha alegado ante el Tribunal Supremo que su condena por malversación no puede quedar excluida de la amnistía, porque esa fue la "voluntad y orientación político-legislativa" expresada por el legislador cuando aprobó la ley.
El abogado de Junqueras, Andreu Van Den Eynde, ha presentado este miércoles un escrito ante el Tribunal Supremo, que la semana pasada pidió a las partes que se pronunciaran sobre la aplicación de la amnistía a los líderes independentistas condenados en la sentencia del procés.
Junqueras, que ya pidió al Supremo su amnistía el mismo día en que la ley entró en vigor, sostiene que en su caso "resulta inaplicable cualquiera de las exclusiones" previstas en la ley, que deja fuera del perdón la financiación de actos encaminados a lograr la independencia, siempre que no existiera "un propósito de enriquecimiento".
La cúpula fiscal, en una junta dividida, acordó ayer apoyar el criterio del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, de pedir la amnistía para todos los líderes independentistas condenados por el procés, incluido el delito de malversación. El escrito argumenta que la "literalidad" de la ley "define claramente los efectos de la amnistía" en el caso de Junqueras, condenado a una pena de inhabilitación que expira en 2031.
Esa es la "voluntad y orientación político-legislativa expresada por el legislador tanto en su articulado como en su exposición de motivos", recalca el escrito, que apunta que la condena de Junqueras debe cotejarse con el articulado de la ley de amnistía en lo que al delito de malversación se refiere, siempre bajo el principio favorable al reo.
Según Junqueras, la amnistía se le debe aplicar también en las penas que le fueron indultadas -por el delito de sedición-, por lo que insta a su "rehabilitación" por la pérdida de empleo o cargo público y a que se extinga la responsabilidad civil y contable por la que se le condenó.
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