Rechazada la petición
El Supremo tacha de "genérica" la petición de Aragonès de desclasificar más documentos del CNI
La Generalitat pretendía que el alto tribunal autorizara su acceso al expediente del Consejo de Ministros que limitó el levantamiento del secreto a ciertos autos que autorizaron el seguimiento del presidente catalán
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Aragonès convoca el pleno de constitución del Parlament para el 10 de junio por la tarde
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Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El Tribunal Supremo ha rechazado por tratarse de una "solicitud genérica" la pretensión de la Generalitat de que se desclasificase el expediente administrativo por el que el Consejo de Ministros levantó el sigilo a ciertos documentos del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y a un par de autos del magistrado que supervisa al órgano, Pablo Lucas, en relación con el seguimiento que se realizó por el servicio secreto del presidente de la Generalitat, Pere Aragonès.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado la pretensión de la Generalitat de lograr que se amplíen los documentos desclasificados por el Consejo de Ministros del pasado 16 de enero y que fueron remitidos al Juzgado de Instrucción número 29 de Barcelona, en el que se investiga la querella presentada por el todavía presidente catalán por el espionaje con Pegasus del que se declara víctima.
En su auto, al que ha tenido acceso este periódico, el Supremo descarta las peticiones de la Abogacía de la Generalitat de Catalunya porque " no hay ninguna razón para sostener que el referido informe secreto debiera formar parte del expediente administrativo". La resolución precisa que "este tiene por objeto las actuaciones seguidas para resolver sobre la solicitud de desclasificación de información protegida por la legislación de secretos oficiales, no sobre la información clasificada en sí misma. En el expediente administrativo no tiene por qué recogerse la información clasificada, sino únicamente los trámites y, en su caso, las razones que condujeron solo a decidir una desclasificación parcial".
El alto tribunal añade que "lo que haya de conocer esta Sala acerca de la parte de información no desclasificada no es algo que pueda y deba resolverse en este momento procesal", por lo que descarta aumentar la documentación sobre la que el Consejo de Ministros acordó levantar la protección. Recuerda que Aragonès "conoce ya el contenido" de los autos, cuya desclasificación también reclama, puesto que se encuentran en la causa en la que se investiga su querella en Barcelona.
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