Investigación y tribunales

El Supremo da la razón al Gobierno y mantiene el poder ejecutivo de la presidenta interina de RTVE

Concepción Cascajosa ha insistido en distintas ocasiones en su legitimidad: "Fui nombrada democráticamente", defendió

La nueva presidenta interina de RTVE, Concepción Cascajosa, asiste por primera vez este jueves al Congreso como responsable del ente público tras la cascada de destituciones en la cúpula de la Corporación a raíz del fichaje del comunicador David Broncano

La nueva presidenta interina de RTVE, Concepción Cascajosa, asiste por primera vez este jueves al Congreso como responsable del ente público tras la cascada de destituciones en la cúpula de la Corporación a raíz del fichaje del comunicador David Broncano / EFE / FERNANDO ALVARADO

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El Tribunal Supremo ha dado la razón a la actual dirección de RTVE y ha mantenido los poderes ejecutivos a su presidenta interina, Concepción Cascajosa. La decisión tiene su origen en un recurso contencioso-administrativo que presentaron los sindicatos con representación en el ente público el 23 de noviembre de 2022, contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de octubre de 2022 que autorizaba la modificación del artículo 34 de los Estatutos Sociales de la Corporación se Radio y Televisión Española SA.

El nombramiento de Cascajosa fue controvertido, y sólo se logró tras la salida del ya exsecretario general de RTVE Alfonso Morales y gracias a la intermediación del exvicepresidente Pablo Iglesias. Cascajosa ha insistido en distintas ocasiones en su legitimidad, repitiendo que fue nombrada por dos tercios del Senado para sentarse en el Consejo de Administración: "Fui nombrada democráticamente", defendió en el Congreso

El Gobierno modificó los Estatutos Sociales de la corporación y propició que una consejera designada por el PSOE pudiera realizar las mismas tareas que el presidente electo por la Cámara Baja. Esto provocó el recurso de los sindicatos, que ahora ha tumbado el Tribunal Supremo.

La decisión de los magistrados incluye un voto particular de Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo, que considera que el acuerdo del Consejo de Ministros resulta contrario al marco normativo vigente.

Cascajosa abandonó la militancia del PSOE para evitar las críticas. La máxima responsable del ente público anunció su decisión en su primera sesión como presidenta en la Comisión Mixta sobre el control a RTVE que tuvo lugar en el Congreso de los Diputados, donde aseguró que su renuncia iba encaminada a evitar que su opción política se pudiera convertir en un "arma de ataque".

Se evitó el Congreso

Los sindicatos alegaban en su recurso que la reforma impugnada soslayaba la intervención del Congreso de los Diputados, que nombra al Presidente de la Corporación RTVE como garantía de su independencia, e infringía la ley de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal (Ley RTVE) al asumir interinamente las funciones ejecutivas de la Presidencia una persona que no había sido designada por el Congreso sino por el Consejo de Administración.

Para los magistrados del Supremo, sin embargo, “la sustitución -interina, provisional- litigiosa la acuerde el Consejo de Administración, hasta que el Congreso de los Diputados nombre a un nuevo Presidente, no es algo que contravenga ese régimen parlamentarizado".

Añaden los magistrados “no hay merma en la legitimidad parlamentaria de la Presidencia de la Corporación RTVE, pues se autoriza una reforma que apodera al Consejo de Administración para designar al Presidente interino de la Corporación RTVE, Consejo de Administración que es de entera extracción parlamentaria", recuerdan. Apuntan también a que el el "presidente de la Corporación actúa bajo la vigilancia y con sujeción a los criterios, objetivos generales o instrucciones que marque el Consejo de Administración (artículos 19 y 20.1 de la Ley RTVE).

Complicaciones si hay bloqueo

La Sala afirma que también que puede ignorar que "las cosas se complican si hay un bloqueo parlamentario que impide lograr la mayoría de dos tercios, mutando lo coyuntural o transitorio en indefinido por incapacidad para llegar a una mayoría de dos tercios lo que añaden los demandantes en conclusiones que, además, no hay intención de designar al presidente de la Corporación RTVE". Esto sería "indeseable", según el Supremo "aparte de que centraría lo censurable en sede parlamentaria, habría exigido una prueba inédita en autos", de lo que no se dispone.

"Entre tanto, lo que sí es objetivo es que las funciones de la Presidencia de la Corporación RTVE no pueden paralizarse por ser el brazo ejecutor del Consejo de Administración”, concluye.

El tribunal agrega que cuestión distinta es si la reforma estatutaria impugnada debería hacerse necesariamente mediante norma con rango formal de ley o decreto-ley por razones de urgencia. En este sentido, concluye que “esa reforma legal podría hacerse, pero que no se haga no merma la legalidad de la autorización impugnada".