Al rechazar un recurso del PP

El TC respalda el acuerdo de la Mesa del Congreso que confirmó el veto presupuestario del Gobierno

El TC, el Senado y otros escollos con los que se encontrará la ley de amnistía

Un párrafo de la sentencia del TC sobre el CGPJ enciende a los jueces conservadores

Cuca Gamarra . Segunda votación. Sesión de investidura de Alberto Nuñez Feijóo, Partido Popular.

Cuca Gamarra . Segunda votación. Sesión de investidura de Alberto Nuñez Feijóo, Partido Popular. / Jose Luis Roca

Ángeles Vázquez

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El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo que presentó la portavoz del Grupo Parlamentario Popular, Cuca Gamarra, contra el acuerdo de la Mesa del Congreso que rechazó que el Pleno se pronunciara sobre la proposición de ley relativa a la creación de la Autoridad Independiente de Recuperación Económica y la mejora de la gobernanza de los Fondos Europeos de Recuperación.

La sentencia, de la que ha sido ponente César Tolosa, señala que el acuerdo de la Mesa verificó correctamente y de modo adecuado la función de control que le corresponde a la hora de valorar las disconformidades del Gobierno en la tramitación de iniciativas parlamentarias. Lo hizo, explica la resolución, al considerar que el Gobierno, con una motivación suficiente y no arbitraria, explicó las razones por las que entiende que la iniciativa tendría impacto presupuestario directo, especificando las partidas del presupuesto en vigor que resultan afectadas.

De tal forma que la Sala Segunda del alto tribunal entiende que la Mesa no se limitó a aceptar sin más la disconformidad del Gobierno, sino que verificó, lo que no es sino un control reglado, de naturaleza técnico-jurídica, alejado de cualquier juicio de oportunidad política, sin que le hubiera sido posible sustituir el criterio del Gobierno por el sostenido por el demandante de amparo, como el PP pretendía.

Un voto discrepante

El magistrado Enrique Arnaldo, por su parte, ha anunciado un voto particular por entender que, en el mismo sentido que había informado la fiscalía, la correcta aplicación del canon constitucional en relación con el veto presupuestario previsto en el artículo 134.6 de la Constitución debería haber llevado a la estimación del recurso.

En su opinión, el Gobierno no explicó por qué la proposición de ley comporta un incremento de gasto, de forma que el uso del veto para impedir la tramitación de la proposición de ley en cuestión no estaba motivado de forma suficiente y reforzada. Por esta razón ese veto no debió haber sido admitido acríticamente por la Mesa del Congreso, en tanto que está encargada del control formal y material de las razones ofrecidas por el Ejecutivo, argumenta Arnaldo.