Neutralidad de las instituciones
La JEC multa a Sánchez con 2.200 euros por criticar a PP y Vox desde Bruselas en la campaña electoral
La Junta Electoral abre un expediente contra Sánchez por aludir a PP y Vox desde Bruselas
Miguel Ángel Rodríguez
Periodista político, especializado en la información parlamentaria del Congreso y el Senado
La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido multar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con 2.200 euros por unas declaraciones críticas con PP y Vox que pronunció en una rueda de prensa en Bruselas días antes de la celebración de las elecciones generales del pasado 23-J. El árbitro electoral considera que el jefe del Ejecutivo utilizó un acto institucional para emitir "alusiones a realizaciones y logros resultantes de la gestión desarrollada por el Gobierno que preside, así como apreciaciones valorativas que descalifican a otras formaciones políticas".
El 30 de junio, tras la celebración del último Consejo Europeo antes de los comicios generales, Sánchez ofreció una rueda de prensa en la que señala que el 23 de julio se decidiría entre un "Gobierno de coalición ultraderechista entre el PP y Vox, o un Gobierno de corte progresista entre el Partido Sumar y el PSOE". Además, destacó el "extraordinario desempeño de la economía española en el ámbito de crecimiento, de la creación de empleo y también de la evolución de la inflación".
La decisión
Todas estas declaraciones resultaron suficiente para que el PP presentara una denuncia contra el líder del PSOE y por la cual la JEC decidió a principios de julio que resultaba conveniente abrirle un expediente sancionador, ya que consideraron que se quebrantó "el principio de neutralidad institucional" al realizar "apreciaciones críticas, atribuyendo pretendidos retrocesos y recortes de derechos a los gobiernos que surgen de acuerdos entre partidos de signo político distinto al de los partidos que apoyan al Gobierno de la Nación, Gobierno al que se atribuyen pretendidos avances".
No conforme con subrayarlo, la Junta Electoral señala que la prohibición de no exhibir los logros en campaña electoral no debe considerarse "menor" ya que se trata de restricciones "indisolublemente unidos a la dignidad inherente al cargo público que su quebrantamiento provoca desdoro de esa dignidad".
Casi tres meses después, como ha adelantado EL ESPAÑOL, la JEC ha cerrado este expediente multando a Sánchez con 2.200 euros. La resolución recoge que la sanción se debe a la "infracción tipificada en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por la realización de manifestaciones con contenido valorativo y electoralista, aprovechando los medios públicos de que disponía" Sánchez como presidente del Gobierno de España.
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