En la vista de apelación
Puigdemont pide anular su procesamiento y busca la complicidad del Supremo contra la reforma que derogó la sedición
Llarena se reafirma y vuelve a procesar a Puigdemont por desobediencia y malversación en su tipo más grave
El juez instructor da cinco días a Ponsatí para que acredite el procedimiento europeo que debe paralizar el español
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El abogado del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, reclamó a la sala de apelación del Tribunal Supremo que anule el procesamiento dictado el 23 de marzo de 2018, porque, según él, "ha incurrido en obsolescencia", al quedar "desfasado" tanto en los hechos que se le atribuyen, una vez que la sentencia del 'procés' los consideró sedición y no rebelión, y como por la reforma legislativa que derogó el primer delito. Argumentó la necesidad de dictar un nuevo procesamiento y cursar el correspondiente suplicatorio al Parlamento Europeo dada la condición de eurodiputado del 'expresident'.
En sus alegaciones contra la decisión del instructor del 'procés', Pablo Llarena, que redujo el procesamiento de Puigdemont y el 'exconseller' Toni Comín a desobediencia y malversación, aunque en su forma más grave, Boye trató de buscar cierta complicidad con los magistrados del Supremo Vicente Magro, Susana Polo y Eduardo de Porres, encargados de revisar la decisión de su compañero de Sala en apelación.
Se mostró muy crítico con la reforma legislativa pactada entre el Gobierno de Pedro Sánchez y ERC, pero que siempre ha contado con la oposición del partido que encabeza Puigdemont. El letrado la llamó "desaguisado", cuya responsabilidad no es de "ninguno de los que llevamos togas", dijo. Defendió que se debía dictar un nuevo procesamiento y seguirse el trámite del procedimiento abreviado y no el del sumario, si quería continuarse la acusación contra el expresidente catalán y el resto de huidos, lo que supondría que ya no hubiera duda alguna de la necesidada de cursar nuevo suplicatorio al Parlamento Europeo.
"Embrollo procesal"
Según Boye, lo primero que hay que hacer es "rayar el campo de juego", porque la sentencia redujo los hechos contenidos en el procesamiento a una sedición. "La segunda modificación viene dada por la reforma legislativa de diciembre del 22, que nos sitúa en un escenario que es un embrollo procesal", que "guste o no" es al que hay que atenerse, insistió.
Su argumentación fue contradicha de forma categórica tanto por la abogada del Estado Rosa Seoane como por el fiscal Javier Zaragoza, que la calificó de "artimaña procesal" para librarse del procesamiento y así obligar a cursar un nuevo procesamiento, lo que a juicio del representante del ministerio público sería "un fraude procesal".
La abogada del Estado sostuvo que el intento del abogado de Puigdemont, al que se adhirió también Miquel Sàmper, abogado de Lluís Puig, no puede ser tenido en cuenta en este momento procesal y será en el juicio donde se determine si procede una absolución o una condena por el tipo de malversación más grave o el más leve, que es por el que apostaron los Servicios Jurídicos del Estado cuando se revisó el procesamiento de los declarados en rebeldía tras la reforma del Código Penal.
Seoane afirmó que el procedimiento contra Puigdemont está "congelado", porque huyó y ni siquiera ha prestado declaración indagatoria. Así consideró irrelevante la argumentación de Boye sobre los cambios que se habían producido desde que se dictó el procesamiento en 2018. Defendió que queden "extramuros", porque "en cinco años es lógico que haya habido otras sentencias y hasta reformas legislativas".
Solo beneficios
Por su parte, el fiscal Javier Zaragoza se remitió al auto de la Sala Segunda que adecuó la sentencia del 'procés' a la reforma que derogó la sedición y mantuvo la condena por la malversación más grave. Aseguró, en la misma línea que esa resolución del Supremo, que la reforma legislativa de este delito nunca puede aplicarse a fines públicos que no son legítimos, porque son "delictivos y criminales", como un referéndum ilegal.
Sus palabras negaron así la argumentación del abogado de Puig, que insistió en que la Generalitat no tuvo perjuicio económico alguno, por lo que no cabría malversación de ningún tipo. Sàmper señaló que la administradora concursal de Unipost negó que la empresa encargada de la cartelería del 1-O hubiera recibido pago alguno, lo que a su juicio niega la existencia del delito atribuido al 'exconseller' de Cultura.
El fiscal también rechazó que haya que volver a pedir un suplicatorio para "los procesados rebeldes", porque adquirieron la condición de eurodiputados mucho después de ser procesados. Insistió en que tienen las mismas prerrogativas que los diputados y senadores españoles. "Están a disposición de la justicia para lo que les beneficia. Es la primera vez que un rebelde ha podido recurrir todas las resoluciones. Ha podido ejercer todos los derechos sin ninguna obligación", lamentó el representante del ministerio público, que insistió que, ante su incomparecencia, el juez instructor puede dictar "una detención instrumental", como ocurrió con la también huida Clara Ponsatí.
La exconsellera d'Ensenyament fue arrestada cuando prefirió visitar Barcelona en vez de ponerse a disposición del Tribunal Supremo, pese a que su acusación actual solo es por desobediencia, lo que le habría permitido regularizar su situación sin tener que ser conducida a los juzgados de Barcelona.
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