CLAVES DE LA LEY DE PARIDAD
Hacia la paridad por ley: llega al Congreso la última apuesta por la igualdad de Sánchez
La horquilla temporal de cumplimiento de las medidas va de 2024 a 2028
Las recomendaciones no han funcionado para que
las mujeres accedan a puestos de poder
en todas las esferas. Por ello, la última apuesta de
Pedro Sánchez
por la igualdad convierte en obligatoria la paridad para el Gobierno, la Administración General del Estado, las listas electorales, los órganos constitucionales, los jurados de premios y los colegios profesionales.
El
Consejo de Ministros
ha aprobado este martes en segunda vuelta, y en mitad de la campaña electoral, el proyecto de ley orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres en órganos de decisión, que ya ha enviado al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.
Las principales novedades incorporadas han sido la extensión de la obligatoriedad de la paridad (representación mínima del 40 % y máxima del 60 % de los sexos) al Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Estado y el Consejo Fiscal, así como el calendario de aplicación de las medidas.
La vicepresidenta primera,
Nadia Calviño
, ha presumido en la rueda de prensa posterior a la celebración del Consejo de Ministros de que esta ley situará a España "a la vanguardia mundial" en términos de paridad y de ruptura de techo de cristal gracias a la exigencia de una representación paritaria y equilibrada de mujeres y hombres en los ámbitos de decisión de la vida política y económica.
A continuación se resumen las principales medidas de este proyecto de ley orgánica.
Gobierno y política
Todos los partidos políticos que quieran concurrir a las elecciones generales, al Parlamento Europeo y a las elecciones autonómicas, municipales y a consejos insulares y cabildos insulares tendrán que presentar listas cremallera, es decir, en las que los candidatos y las candidatas estén ordenados de forma alternativa. La Junta Electoral sólo aceptará las candidaturas que cumplan este requisito.
La composición del Gobierno, en cuanto a titulares de ministerios y vicepresidencias, también deberá respetar el principio de paridad. Y esto se extiende a los órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado como puedan ser las secretarías y subsecretarías de Estado y las direcciones generales de los ministerios.
En un plazo de cinco años, la paridad deberá cumplirse en la totalidad de la Administración General del Estado y de las entidades del sector público institucional estatal.
Y en el ámbito de la Administración General del Estado, los órganos superiores y directivos (por ejemplo, las secretarías de Estado, las subsecretarías y las direcciones generales) de cada ministerio deberán incorporar también este principio en los próximos cinco años. La obligación se extenderá a todas las entidades del sector público estatal.
La presencia equilibrada de mujeres y hombres será una obligación asimismo para los órganos constitucionales. Habrá paridad entre los magistrados del Tribunal Constitucional, entre las vocalías del Consejo Fiscal, entre los consejeros y las consejeras del Consejo de Estado y entre las vocalías del Consejo General del Poder Judicial.
Empresas
Las empresas más importantes tendrán que atenerse también a los principios de paridad. Calviño ha indicado este martes que la presencia de mujeres en las empresas cotizadas se sitúa en el 32 % y que la cifra no llega al 22 % para los puestos de alta dirección.
Con el objetivo de aumentar esos porcentajes hasta al menos el 40 %, las empresas cotizadas estarán sujetas a la ley de paridad.
Así, las compañías del Ibex 35 tendrán hasta el 30 de junio de 2024 para alcanzar un consejo de administración y una alta dirección paritarios; las que tienen una capitalización bursátil superior a los 500 millones de euros tendrán hasta el 30 de junio de 2025 y las que presenten una capitalización inferior, hasta la misma fecha de 2026.
El incumplimiento de esta obligación será motivo de una infracción grave.
También se exigirá la paridad a los consejos de administración de las entidades de interés público, siempre y cuento tengan más de 250 trabajadores, una cifra de negocios de más de 50 millones de euros o un activo superior a 43 millones de euros. En este caso, tendrán de plazo hasta el 30 de junio de 2026 para llegar a un porcentaje de mujeres del 33 %, mientras que dispondrán hasta junio de 2028 para completar el 40 %.
Se encargarán del seguimiento de estas obligaciones la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en el caso de las empresas cotizadas, y el Instituto de las Mujeres cuando se trate de las entidades de interés público.
Colegios profesionales y jurados
Por último, la paridad llegará a los colegios profesionales y a los jurados de premios.
Antes del 30 de junio de 2026, las juntas de gobierno y los comités de dirección de los consejos generales y de los colegios profesionales deberán estar compuestos, al menos, por una representación del 40 y el 60 % de los sexos.
Tras la entrada en vigor de la ley, los tribunales o jurados de premios y condecoraciones financiados o concedidos por la Administración General del
Estado
o por entidades integrantes del sector público institucional estatal deberán estar integrados por una proporción equilibrada de hombres y mujeres.
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