Denuncia tras un accidente
Absueltos ANC, Òmnium, ERC y Junts de la caída de un hombre en Lledoners
El demandante exigió una compensación tras accidentarse, pero el juez acepta la falta de responsabilidad de las organizaciones
EFE
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El juzgado número 57 de primera instancia de Barcelona ha desestimado este martes la demanda que un hombre interpuso contra la ANC, Òmnium Cultural, ERC y JxCat por la caída fortuita que sufrió en un acto celebrado en la cárcel de Lledoners en 2018, ya que les consideraba organizadores del evento. Los hechos enjuiciados se remontan a la noche del 2 de noviembre de 2018, en la que se celebró un acto de protesta contra el encarcelamiento de los líderes del procés en la cárcel de Lledoners (Barcelona), centro en el que permanecían estos.
Una vez acabó el acto, sobre las 19:00 horas, uno de los asistentes, al regresar a uno de los aparcamientos habilitados en una finca colindante a la cárcel, quiso apartarse un poco para orinar, se metió en una zona de arbustos que había junto al aparcamiento y, debido a la falta de luz, no vio un talud de gran desnivel por el que se precipitó, lo que le supuso lesiones severas que le han dejado secuelas.
Por todo ello, el hombre interpuso una demanda contra la ANC, Òmnium Cultural, ERC y Junts per Catalunya al considerar que fueron los organizadores del evento y responsables civiles de su caída y les pedía por ello una indemnización de 21.000 euros.
Sin embargo, la sentencia publicada este jueves por el juzgado número 57 de Barcelona de primera instancia desestima la demanda del hombre argumentando que no se puede considerar que la ANC, Òmnium, ERC y JxCat fueran los organizadores del evento.
Los demandados argumentaron el día del juicio que ninguno de ellos organizó ni convocó la manifestación en Lledoners sino que fue la Asociación de Defensa de las Instituciones Catalanas (ADIC) quien lo hizo.
Pero cuando, en las diligencias previas, el juzgado intentó citar a la ADIC para declarar, se dieron cuenta de que tal asociación no aparece en ningún registro oficial, por lo que resultaba imposible citarla ni considerarla responsable, lo que provocó que el hombre que cayó al talud pasara a considerar a la ANC, Òmnium, ERC y JxCat como organizadores y responsables porque sus nombres aparecían en el panfleto de la convocatoria, debajo de donde se leía "ORGANIZA: ADIC".
Sin embargo, el juez ha desechado esta pretensión y ha aceptado los argumentos de los representantes de los partidos, que adujeron en el juicio, celebrado a principios de febrero, que no fueron en ningún caso "organizadores" sino que solo "prestaron apoyo a la hora de dar difusión a la movilización".
La sentencia añade que el demandante no ha aportado ninguna prueba, al margen del panfleto de la convocatoria, que acredite que los demandados organizaran la movilización y le reprocha que, si quería probar tal extremo, podría haber citado a declarar a las personas que hicieron parlamentos en el acto para que dijeran quién les convocó o que podría haber pedido las cuentas anuales de los demandados para comprobar si había alguna partida para gastos relacionados con el evento.
Además, la sentencia argumenta que la caída que sufrió el demandante tampoco sería responsabilidad del hipotético organizador sino de él mismo: "A mi juicio, el accidente fue consecuencia de la distracción del perjudicado, que aun encontrándose en una zona poco iluminada y carente de visibilidad, decidió traspasar el aparcamiento, consciente de que se encontraba cerca de la vía del tren", reza el texto del juez. Con todo, la resolución absuelve de toda responsabilidad a la ANC, Òmnium, ERC y JxCat y condena al demandante a pagar las costas del juicio.
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