Renovación del Poder Judicial
El Gobierno impulsa un cambio en las mayorías y ‘desgaja’ los tercios para desbloquear el Constitucional
La reforma garantiza las designaciones del magistrado de la Audiencia Nacional y exministro Juan Carlos Campo y de la catedrática de Constitucional y ex directora general de Presidencia Laura Díez
![El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano; el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y la presidenta del Congreso, Meritxell Batet.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/0867935b-a984-4a4f-9543-1d72f57bdc08_16-9-discover-aspect-ratio_default_1189727.jpg)
El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro González-Trevijano; el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y la presidenta del Congreso, Meritxell Batet. / EP
El Gobierno de coalición ha decidido
tomar de nuevo la iniciativa
ante el bloqueo del sector conservador de la judicatura a la renovación del Tribunal Constitucional. Este mismo viernes presentará dos enmiendas a la reforma de los delitos de sedición y malversación en el Código Penal que se tramita en el Congreso. La primera reformará la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial para cambiar la mayoría de tres quintos que debe sumar el
Consejo General del Poder Judicial
en la elección de los dos magistrados al Constitucional que le corresponden. A partir de ahora bastará con mayoría simple, si salen adelante las enmiendas al respecto de PSOE y Unidas Podemos.
La modificación incluye un nuevo redactado del artículo 599.1.1ª de la ley del Poder Judicial para que en el plazo de cinco días hábiles, “los vocales del Consejo puedan proponer a la presidencia candidatos a magistrado o magistrada del Tribunal Constitucional”. Cada vocal podrá proponer un máximo de un candidato. Y cerrado el plazo de presentación de candidaturas, la persona que ejerza la presidencia, en el plazo de tres días hábiles, “tendrá la obligación de convocar un Pleno extraordinario para proceder a la elección de los dos magistrados”, según ha adelantado eldiario.es. “Dicho Pleno –añade la enmienda– se celebrará en el plazo máximo de tres días hábiles desde su convocatoria”.
Constituido el pleno, las candidaturas presentadas se someterán a votación de los vocales presentes, sin necesidad de un quorum mínimo y en una votación única. Resultarán elegidos los dos magistrados o magistradas que hayan obtenido un mayor número de votos, y no tres quintos de los emitidos, como hasta ahora. El Gobierno estima que el bloqueo podría verse resuelto en aproximadamente 11 días hábiles desde la publicación del cambio en el BOE. Para asegurarlo se refuerza el carácter imperativo del procedimiento con una cláusula de cierre que recuerda que, en caso de incumplimiento, se incurrirá en responsabilidades “de todo orden, incluida la penal” con la vista puesta en los delitos de desobediencia o prevaricación omisiva.
Una segunda enmienda modificará la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional para que si transcurridos los nueve años y tres meses de mandato de los magistrados propuestos por el CGPJ y por el
Gobierno
, “uno de estos dos órganos no hubiera realizado su propuesta, se procederá a la renovación de los magistrados designados por el órgano que haya cumplido con su deber constitucional”, según la información desvelada por eldiario.es. Así se desvinculan los nombramientos a cargo de cada poder, una relación que ahora esgrimen los contrarios a la renovación para bloquear los nombramientos de los dos candidatos del Ejecutivo. Además, se suprime la verificación por parte del Tribunal Constitucional de los nuevos magistrados.
El Gobierno se garantiza así las designaciones del magistrado de la
Audiencia Nacional
y exministro
Juan Carlos Campo
y de la catedrática de Constitucional y ex directora general de Presidencia Laura Díez, que aprobó hace una semana el Consejo de Ministros.
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