Espionaje
El juez Calama rechaza la personacion de la Generalitat en el 'caso Pegasus'
Considera que la Administración catalana no puede ejercer la acción popular en el espionaje al presidente del Gobierno y tres ministros
El ataque a los móviles del Gobierno se investiga en la Audiencia Nacional, mientras que los demás corresponden a juzgados de Madrid y Barcelona
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Pere Aragonès / ACN / MARIA ASMARAT
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Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la petición de la Generalitat de personarse como acusación popular en el caso Pegasus, en el que investiga el espionaje sufrido entre los meses de mayo y junio de 2021 por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y los ministros de Defensa, Interior y Agricultura. El magistrado considera que no existe habilitación legislativa específica para que las personas jurídicas públicas, como el Govern, puedan ejercer la acción popular en un procedimiento penal, en el que la acusación pública corresponde a la fiscalía.
El magistrado recoge la doctrina del Tribunal Constitucional y del Supremo que establece que de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no se infiere que las entidades públicas puedan ejercer como acusación popular. El magistrado, que incluso cita una resolución de la Audiencia de Barcelona en este sentido, descarta que esa legitimación para ejercer la acción popular se pueda sustentar en la normativa autonómica que invoca la Generalitat en su petición ante la Audiencia Nacional, puesto que la ley que alega prevé la personación en "los procedimientos penales por hechos delictivos motivados por odio o discriminación, que no son el caso de autos", agrega el magistrado.
Sin cabida
El auto sostiene que la acción pública en el procedimiento penal corresponde en exclusiva al ministerio público, “no teniendo cabida el ejercicio por parte de personas jurídicas públicas de la acción popular fuera de los casos en los que esta posibilidad se encuentra contemplada legalmente, sin que en el presente supuesto exista previsión legal específica en la que pueda ampararse la pretendida por la Generalitat”.
El juez, a instancias del fiscal, ofreció a Sánchez y a los ministros Margarita Robles, Fernando Grande-Marlaska y Luis Planas ejercer la acusación particular, aunque ya están representados por la Abogacía del Estado con cuya denuncia se inició el procedimiento. Posteriormente la amplió al aparecer indicios de que los móviles de los dos últimos también habían sido atacados.
Otros juzgados
El espionaje sufrido por los miembros del Gobierno central se investiga en la Audiencia Nacional al figurar entre sus competencias los delitos contra altos organismos de la nación. Los otros casos de espionaje se investigan en juzgados de Madrid y Barcelona. Al 29 de Madrid correspondió la querella presentada por Gonzalo Boye, abogado del expresidente del Gobierno Carles Puigdemont, y en el 32 de Barcelona, la interpuesta por el expresidente del Parlament Roger Torrent y el exdiputado y concejal de ERC Ernest Maragall.
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