Investigación

Cómo Batet cedió ante el órdago de Marchena (y II)

La reconstrucción de los hechos que condujeron a la expulsión del diputado Alberto Rodríguez muestran el sometimiento de Meritxell Batet a una pinza entre el PP, Vox y el presidente de la Sala Segunda del Supremo, Manuel Marchena

El vicepresidente primero del Congreso de los Diputados por el PSOE, Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, y la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, se dirigen a la reunión de la Mesa del pasado 21 de octubre.

El vicepresidente primero del Congreso de los Diputados por el PSOE, Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, y la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, se dirigen a la reunión de la Mesa del pasado 21 de octubre. / EDUARDO PARRA

Ernesto Ekaizer

Ernesto Ekaizer

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El informe de la Secretaría General (los letrados) de 18 de octubre que cuestiona la expulsión del diputado alerta a Manuel Marchena. Lo explica Ignacio Gil Lázaro, diputado de Vox. Enterado Marchena de la decisión adoptada el martes 21 por la Mesa -rechaza cesar al diputado-, el Tribunal Supremo (TS) envía el miércoles 20 un oficio, sobre el cual informa la página web del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ): "Manuel Marchena se ha dirigido a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, para que remita al TS el informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, con la finalidad de realizar la liquidación de su condena".

En este escrito no se menciona que Rodríguez ha sido sentenciado a perder el cargo, incluso asume que lo conservará porque pregunta por el "inicio del cumplimiento de la pena de inhabilitación con la finalidad de liquidación de su condena". Si se buscaba el cese, carecería de interés saber en qué fecha empieza el cumplimiento de la pena de inhabilitación de 45 días.

Batet recibe el oficio como un cañonazo. Un órdago en la partida de mus que, ya intuía y ahora confirma, mantiene con Marchena. Convoca de urgencia a la Mesa para el jueves 21 a las 13 horas. Batet dice que Marchena cambia todo porque contradice las conclusiones del informe de la Secretaría General. Ana Pastor (PP) pide que se termine con la dilación. Gil Lázaro (Vox): se trata de ejecutar lo que el TS pide para evitar las consecuencias penales que podrían derivarse tanto de actuar en contra de la literalidad de la sentencia, delito de prevaricación, como de no cumplirla, delito de desobediencia. Su colega Macarena Olona lo dice al advertir a Batet que es Carme Forcadell, la expresidenta del Parlament encarcelada, y que el TS puede apercibirla por desobediencia.

¡Elemental!

Batet responde que las amenazas ni son necesarias ni aportan nada positivo, no son una buena forma de conducirse en la vida. El diputado Gerardo Pisarello cuestiona la convocatoria urgente de la Mesa ante el escrito y cree pertinente pedir aclaración al TS. Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, Gloria Elizo y Javier Sánchez apoyan esa solicitud. Según Batet, ya no se puede sostener que no hay nada que ejecutar, puesto que, claramente, Marchena exige ejecución.

Carlos Gutiérrez Vicén aporta una idea relevante que pasa desapercibida. Señala que de la pregunta del TS sobre el inicio de la inhabilitación para sufragio pasivo se infiere que habla de una pena que se prolonga en el tiempo. Y esto no se corresponde con la pérdida del cargo, la cual se da una sola vez. ¡Elemental, querido Watson! Pero el letrado añade que el TS requiere de la presidenta de forma no explícita que se prive al diputado de su condición. Porque, afirma, de todas las actuaciones posibles, la privación del cargo es la única que le competería a la presidenta. Gutiérrez Vicén, pues, se sube a bordo del órdago de Marchena. 

 Batet le pide que sea más preciso. Gutiérrez Vicén: aunque sería deseable mayor claridad, el escrito se explica porque el TS quiere expulsarle. La presidenta ya está persuadida. El órdago de Marchena ha calado. El martes 19, dice Batet, el informe de los letrados era lo correcto, pero ahora está claro lo que el TS quiere. Sin embargo, pregunta si la Mesa de forma unánime podría acordar solicitar aclaración al TS. Esto no supone, se excusa, poner en tela de juicio que se está obligado a cumplir la sentencia, y retrasaría la resolución tan solo tres días. Gil Lázaro rechaza la unanimidad solicitada, porque urge ejecutar la sentencia.

Capitulación retrasada

La presidenta pregunta a Gutiérrez Vicén si se debe pedir aclaración al TS al solicitarlo la mayoría de la Mesa.

Respuesta: cuando la pena impuesta ha llevado aparejada la pérdida del cargo y así se expresaba en el auto de ejecución, o se derivaba del Código Penal, le correspondió a la Presidencia quitar el acta. 

Pasadas las cuatro de la tarde, Batet pide media hora para anunciar su decisión. Pero en lugar de anunciar la expulsión del diputado, hace unas llamadas, y retrasa su capitulación. Pregunta a Marchena si la ejecución implica expulsar al diputado.

Al día siguiente, viernes 22, Marchena contesta. No es función del TS asesorar, dice, aunque agrega una respuesta del TS a un escrito del diputado Rodríguez cuando este pidió aclaración sobre la sentencia. El TS señalaba allí que no había nada que aclarar.

El viernes 22, Batet convoca a Rodríguez. Le quita el acta, envía un oficio a la JEC para que le sustituya y se lo remite a Marchena.

Tres comunicaciones

Resumen: El TS mantuvo tres comunicaciones oficiales con el Congreso. La primera al enviar la sentencia. No hubo referencia a cesar al diputado. La segunda al solicitar al pedir el inicio de la inhabilitación, sin referirse a anular el cargo. Y en la tercera tampoco respondió si exigía expulsarle.

Marchena no urgió formalmente a "ejecutar" al diputado porque la sentencia no llega hasta el punto al que alambicadamente, término utilizado por Gutiérrez Vicén, pretendía llegar sin decirlo: cesar al diputado canario.

El órdago de Marchena funcionó. La privación del cargo ni estaba en la sentencia ni se la esperaba... a menos que se crease el clima para ello: una pinza entre PP, Vox y la Sala Segunda comandada por Marchena

La interferencia del poder judicial sobre el poder legislativo ha sido patente. La magistrada Pilar Teso, de la Sala Segunda, acaba de hacer una sentencia en la que denuncia el uso de los tribunales por Vox y PP. Pero esta manipulación no es de dirección única. También con el informe del TS sobre el "autoindulto" de los condenados independentistas y con la partida de mus en el caso Rodríguez -con Marchena de protagonista- esa injerencia la ejerce el poder judicial sobre el ejecutivo y legislativo.

Y la autonomía parlamentaria, base de la democracia, ha quedado degradada.

Un antecedente

El órdago de Marchena y la marcha atrás de Batet no es lo que en Derecho constituye un precedente, una resolución que aclara las dudas que podían existir. Ahora es un antecedente.

La Mesa del Congreso podía haber notificado el inicio de la inhabilitación de Rodríguez para el sufragio pasivo durante 45 días, a efectos de liquidar la condena.

Y si al TS no le bastaba, Marchena, a través de un auto -no de oficios y mensajes- tenía la vía de un conflicto de jurisdicción ante la Sala de Conflictos del TS.

Eso, claro, supone un régimen de autonomía parlamentaria y no un estado judicial de terror -a través de un órdago- en el que aquellos que estuvieron en lo cierto -los letrados- abjuran con una nota de ocasión respecto de sus propios informes y afirman donde dije digo digo Diego.

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