Distintos criterios
Vocales progresistas del CGPJ defienden disolver fundaciones franquistas
Los cuatro votaron a favor del informe en el que se entendía que estaban amparadas por la libertad de expresión
Recuerdan que el franquismo ha sido el único sistema totalitario implantado en España en el siglo XX
![Entregan firmas para ilegalizar la Fundación Francisco Franco](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/72e30dcc-c272-4aa7-88f2-e4861ea4ccfa_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Entregan firmas para ilegalizar la Fundación Francisco Franco / El Periódico
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Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Cuatro de los vocales nombrados a propuesta del PSOE para el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) defienden en un voto particular la posibilidad de disolver fundaciones por hacer apología del franquismo, como es el caso de la Fundación Francisco Franco, pese a que votaron a favor del informe que enmarcaba la mera apología en la libertad de expresión y no veía factible actuar contra las existentes si esa defensa no incluía "el requisito adicional del menosprecio o humillación a las víctimas".
Los vocales Álvaro Cuesta, Clara Martínez de Careaga, Pilar Sepúlveda y Rafael Mozo explican que apoyaron el dictamen mayoritario en aras de la búsqueda de un consenso, pero discrepan de él en ciertos extremos. Uno de ellos es el punto estrella del anteproyecto de la ley de memoria democrática, que ha capitaneado la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, el relativo a la Fundación Francisco Franco.
El voto, al que ha tenido acceso este diario, sostiene que "de alguna manera, el informe confunde causa de extinción y proceso de ilicitud o ilegalización". Argumenta que "el régimen propuesto por el anteproyecto, no persigue ilegalizar una Fundación, sino promover su extinción al no concurrir uno de sus elementos definitorios y constitutivos: los fines de interés general". De ahí "que la causa de extinción no se corresponde con una consecuencia sancionadora, sino con la pérdida de uno de los elementos constitutivos esenciales del derecho de fundación: los fines de interés general", sostiene.
Sin tutela asimétrica
Los vocales son también críticos con otro punto del dictamen que aprobó el pleno del pasado día 7 por 15 votos frente a seis. Consideran que en "el informe de manera forzada, contradictoria, injustificada, excesiva y sin motivación alguna, se ha deslizado un recelo, por matizado que sea, en el sentido de considerar la hipótesis de que algún precepto del anteproyecto pudiera dar lugar a una 'tutela asimétrica' de la dignidad de las víctimas". La mayoría de los vocales proponía que el anteproyecto se remitiera a resoluciones como la del Parlamento Europeo que en 2019 pidió "una cultura común de memoria histórica que rechace los crímenes de los regímenes fascistas y estalinistas, y de otros regímenes totalitarios y autoritarios del pasado".
En su voto los cuatro vocales progresistas niegan esa discriminación y recuerdan que "el franquismo es el único régimen totalitario implantado en España durante una parte del siglo XX, y más concretamente en el periodo histórico objeto de la norma, es decir, desde el 18 de julio de 1936 hasta las elecciones del 15 de junio de 1977 que dan lugar a la Constitución democrática publicada el 29 de diciembre de 1978".
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