'CASO PALAU'
La Audiencia de Barcelona pregunta a las partes si suspende la pena a Osàcar por el indulto
![Daniel Osácar, extesorero de CDC, sale de la Ciutat de la Justícia, en una imagen de archivo.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/a8c8a5e1-8b6e-4911-8e88-15e0ec14c8e0_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Daniel Osácar, extesorero de CDC, sale de la Ciutat de la Justícia, en una imagen de archivo.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dado un plazo de dos días a la fiscalía y el resto de partes personadas en el 'caso Palau' para que se pronuncien sobre la última petición del extesorero de Convergència Daniel Osàcar para tratar de suspender la ejecución de la pena que le impuso en casación el Tribunal Supremo por el saqueo de la institución. En esta ocasión, solicita que se paralice su ingreso en prisión hasta que se tramite la petición de indulto que ha presentado.
Este miércoles, la Audiencia ya rechazó una petición del exdirigente de CDC en el mismo sentido que compartía con el expresidente del Palau <strong>Félix Millet</strong>. Ello significa que ambos deberán entrar en prisión antes del próximo día 25. Los dos recurrieron la decisión del tribunal sentenciador de que entraran en la cárcel para cumplir la condena impuesta; alegaron motivos de salud y Osàcar, además, que recurrirá en amparo ante el Tribunal Constitucional.
Osàcar es el que tiene más posibilidades de librarse del ingreso en prisión por la diferente longitud de sus condenas. La de Millet es de 9 años y 8 meses, mientras que la del extesorero de CDC se queda en tres años y medio. Habitualmente el propio Constitucional suele suspender la ejecución de las condenas inferiores a seis años de prisión mientras resuelve los amparos interpuestos, por lo que de no ver suspendida la ejecución por la Audiencia, aún contaría con el cartucho del tribunal de garantías.
Trámite largo
La pandemia del coronavirus también ha afectado a la tramitación de la medida de gracia a la que ha recurrido Osàcar. Tanto es así, que durante la suspensión de plazos procesales por el estado de alarma, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, se vio obligado a levantar la medida en lo que les afectaba para evitar que colapsara el sistema.
Para hacerse una idea de la situación puede servir de ejemplo que las peticiones de indulto presentadas a favor de los condenados por los líderes del 'procés' en octubre del año pasado aún no han empezado a tramitarse, al no haber sido siquiera registradas.
Además, el porcentaje de indultos concedidos es inferior al 1% de los expedientes resueltos. El Gobierno solo concedió 17 en 2018 y 39 en 2019. Ninguno de ellos era por violencia de género, seguridad vial o delito contra la hacienda pública. En el 98% de ellos se contaba al menos con algún informe favorable del tribunal sentenciador o la fiscalía.
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