EL VEREDICTO DEL 1-O
Sentencia del 'procés': Forcadell facilitó "la creación de una legalidad paralela"
El Supremo reconoce que la declaración unilateral de independencia fue "simbólica e ineficaz"
Júlia Regué
Responsable de la sección de Política.
Graduada en Periodismo y en Ciencias Políticas por la Universitat Pompeu Fabra (UPF), ha desarrollado su carrera profesional en la sección de Política, donde se incorporó en 2016. Ha seguido la actualidad política del Parlament de Catalunya y el día a día de varios partidos. También ha colaborado en programas de TV3, Catalunya Ràdio y RAC1.
Júlia Regué
El Tribunal Supremo considera que Carme Forcadell, "hizo posible, desde su privilegiada posición de presidenta del Parlament, la creación de una legalidad paralela carente de validez", que sirvió "de apoyo a la estrategia independentista", permitiendo entrar en el debate parlamentario la discusión y votación de las leyes de desconexión.
Según los magistrados, las resoluciones que suspendían inmediatamente esas iniciativas "fueron altivamente desatendidas" por Forcadell, quien "desoyó, una y otra vez, los requerimientos recibidos" del Tribunal Constitucional (TC), pero también del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) y del juzgado de instrucción número 13 de Barcelona. "Llegó a entorpecer gravemente el desempeño de la autoridad pública que se residencia en los tribunales de justicia, cuyos mandatos fueron claramente burlados", sustenta el fallo, en el que se le condena a 11 años y medio de cárcel y el mismo periodo de inhabilitación por un delito de sedición.
El tribunal justifica la condena argumentando que tuvo un papel "decisivo en la dirección de un proceso de creación normativa" que, pese a su "más que evidente insuficiencia jurídica", sirvió de "ilusoria referencia para una ciudadanía que iba a ser movilizada como instrumento de presión al Gobierno".
La sentencia también atribuye a la expresidenta de la Cámara catalana haber "alentado, organizado y protagonizado actuaciones multitudinarias que entorpecieron la labor judicial", unas movilizaciones que "generaron importantes enfrentamientos entre los ciudadanos y los miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado" bajo la consigna "a la defensa de nuestras instituciones". En esta dirección, los jueces entienden que "desbordó los contornos de la posición institucional que ostentaba" dando apoyo al Govern y a la ANC y Òmnium Cultural.
Una DUI "ineficaz"
Según el TS, la Declaración Unilateral de Independencia (DUI) "no llegó a tener concreción práctica alguna" porque el 27 de octubre el pleno del Senado activó el artículo 155. Los jueces admiten que fue una declaración "simbólica e ineficaz", y sostienen que Forcadell no sólo no la frenó, sino que la impulsó "de forma activa".
Durante el transcurso del juicio del 'procés', acusaciones y defensas difirieron totalmente sobre la validez jurídica de la DUI. La fiscalía defendió que sí la tenía y que los líderes independentistas declararon la secesión de forma efectiva. Por otro lado, los abogados defensores se esforzaron en acreditar que no, porque figuraba en un preámbulo que no se votó y no se publicó en el DOGC.
La defensa de Forcadell sostuvo que la Presidència del Parlament no podía evitar la votación de las leyes argumentando que la Mesa solo puede no admitir a trámite una propuesta por defectos de forma, aunque contravinieran las advertencias del TC. Forcadell, a través de las redes sociales, criticó la decisión del TS: "La injusticia se ha consumado. El libre debate parlamentario no es delito, es un derecho ejercerlo y un deber defenderlo. No nos cansaremos de decirlo allá donde haga falta. Hoy la democracia vive un día oscuro, pero ni en momento así el derrotismo nos tiene que vencer. ¡Saldremos adelante!", comentó.
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