Estupor e indignación al considerar el Supremo a Franco como jefe del Estado desde el 1 de octubre de 1936
El auto del Alto tribunal prescinde del periodo del Gobierno de la República que acabó en 1939
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Francisco Franco / EFE
Considerar a Francisco Franco "Jefe del Estado desde el 1 de octubre de 1936" ha causado estupor y cierta indignación. La referencia está recogida en el auto del Tribunal Supremo sobre la exhumación del dictador que se ha hecho pública este martes, en el que los magistrados prescinden incluso del periodo del Gobierno de la República que acabó en 1939.
Pablo Iglesias, el líder de Podemos, ha reaccionado así en Twitter:
El 28 de septiembre de 1936 fue nombrado Franco jefe del Gobierno del Estado en una reunión de los altos mandos militares del Ejército sublevado. Los generales lo nombraron "Jefe del Gobierno del Estado, mientras dure la guerra civil", pero en el decreto de la Junta de Defensa Nacional publicado el día 30, se suprimió la acotación "mientras dure la guerra" y se añadió "quien asumirá todos los poderes del nuevo Estado". Al día siguiente, 1 de octubre, Franco fue investido en Burgos con sus nuevos poderes como "Jefe del Estado", que fue el título que ostentó durante su larga dictadura.
Suspender la exhumación
El Alto tribunal ha decidido este martes por unanimidad suspender cautelarmente la exhumación de Franco, que debía llevarse a cabo el próximo día 10 de junio. El tribunal alega que debe evitar el perjuicio que, de otro modo, se causaría a los recurrentes -la familia Franco y otros tres colectivos- y, especialmente, a los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales, "los cuales se verían gravemente afectados si, exhumados esos restos, se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en que se hallan".
Para la Sección Cuarta de la Sala Tercera eso se debe a "la significación de don Francisco Franco", por el hecho de que fue "jefe del Estado desde el 1 de octubre de 1936 hasta su fallecimiento el 20 de noviembre de 1975". Y esa referencia, en la que el tribunal prescinde incluso del periodo del Gobierno de la república, que era el legítimo, sostiene que son "rasgos especiales que no se pueden ignorar y que permiten atribuir un perjuicio irreversible a la ejecución de la decisión del Consejo de Ministros de exhumar sus restos, si esta, después, fuere considerada contraria a Derecho".
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