POLÉMICA LINGÜÍSTICA
El Supremo reconoce al castellano como lengua vehicular en la educación infantil en Catalunya
El tribunal anula dos artículos del decreto del Govern por no exigir que tuviera la misma prioridad que el catalán
La Sala Contencioso-administrativa delTribunal Supremo ha anulado dos artículos del decreto de laGeneralitat de Catalunya que regula el segundo ciclo de laeducación infantilporque vulnera la Constitución al no exigir que la enseñanza encastellano tenga la misma prioridad que elcatalán.
Los jueces explican que toman esta decisión porque esta fue la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional que dictaminó que el castellano y el catalán son las lenguas vehiculares en Catalunya.
Esta sentencia resuelve el recurso presentado contra unasentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) contra el decreto aprobada por el departamento deEducació en el 2008. El Supremo anula tres artículos de esta norma.
En la resolución se explica que el castellano es una "lengua vehicular y docente" en Catalunya y afirma que "la normalización del catalán no puede hacerse a costa de la exclusión del castellano". Por ello, sostiene que el derecho a usar el castellano como lengua habitual es "un derecho que se ha de reconocer sin necesidad de que se inste".
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