¿Un parche al problema de la ocupación ilegal?
La nueva ley aprobada en el Parlament es un paso adelante en la lucha contra las ocupaciones ilegales, pero el legislador sigue sin ofrecer una respuesta definitiva al problema
Adolfo Lucas Esteve
Profesor de Derecho Civil de la Universitat Abat Oliba CEU
Adolfo Lucas Esteve
La ocupación ilegal de viviendas es un problema de extraordinaria gravedad. No existen cifras oficiales (algunas fuentes consideran que hay 100.000 viviendas ocupadas en toda España). Lo que sí conocemos es el número de denuncias penales presentadas. En España, en el año 2020, se produjeron cerca de 15.000 denuncias, de las que más de 6.500 correspondían a Catalunya. En este sentido, debemos tener en cuenta que hay propietarios que van directamente a la vía civil, que los ocupas pueden permanecer en la vivienda durante años y, finalmente, que el número de denuncias va creciendo constantemente.
Los ocupantes tienen perfiles diversos, desde familias en situación de vulnerabilidad hasta delincuentes organizados que se aprovechan de la permisividad legal existente en nuestro país. En este sentido, la Ley 5/2018 habla de “fenómenos de ocupación ilegal premeditada, con finalidad lucrativa”.
Ante esta situación, los remedios legales son muy poco efectivos. Nuestro ordenamiento jurídico, a diferencia de lo que hacen la mayoría de los países, no protege de una forma adecuada la propiedad de una vivienda. Paradójicamente, el bien más preciado para la mayoría de las personas es el que tiene una protección menos eficaz. Se conoce la ocupación, a los ocupantes ilegales y al verdadero propietario, pero la respuesta es lenta y, en la inmensa mayoría de los casos, el infractor queda impune.
El propietario de la vivienda ocupada es el perjudicado directo, pero también se ven afectados los vecinos, especialmente los propietarios de los pisos situados en el mismo edificio. En ocasiones, los vecinos han de convivir con ruidos, apropiaciones de suministros eléctricos, daños e, incluso, con situaciones delictivas. La convivencia se ve alterada y el valor de los pisos disminuye.
Ante esta situación, se ha aprobado en el Parlament de Catalunya la Ley de adopción de medidas urgentes ante la inactividad de la propiedad en caso de ocupación ilegal de viviendas con alteración de la convivencia vecinal, cuya principal novedad es legitimar a los ayuntamientos y, a través de estos, a las comunidades de propietarios para instar judicialmente el desalojo de la vivienda. Esta legitimación confiere una posibilidad de actuación a los otros afectados por la ocupación, específicamente cuando los propietarios sean grandes tenedores de viviendas.
Se trata de un paso adelante en la lucha contra las ocupaciones ilegales, pero el legislador sigue sin ofrecer una respuesta definitiva al problema. Más aún, en la nueva norma se culpabiliza al propietario de la existencia de ocupaciones. La exposición de motivos afirma que la ley pretende “dar repuesta a problemáticas diversas como la que se produce cuando las personas jurídicas grandes tenedores permiten la ocupación sin título habilitante de una finca de su propiedad”.
En definitiva, los culpables de las ocupaciones son los propietarios por no haber ejercido las acciones necesarias. Se trata de una norma que permite sancionar a los propietarios, pero no a los ocupantes ilegales. Es el mundo al revés.
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