Revés judicial a un gravamen creado en el 2002

El tribunal de la UE pone en cuestión el céntimo sanitario

Cámión de la empresa de Jordi Besora.

Cámión de la empresa de Jordi Besora.

RAFAEL MORALES / TARRAGONA
ELISEO OLIVERAS / BRUSELAS

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Jordi Besora, responsable de la empresa de transportes TJB de Montblanc (Conca de Barberà), se mostró ayer «muy satisfecho» por las primeras conclusiones del abogado general de la Unión Europea (UE) sobre el llamado céntimo sanitario.

Se bautizó así al gravamen creado por el Gobierno en el 2002, con un tramo autonómico destinado a financiar la sanidad y que, en opinión del abogado general del tribunal de la Unión Europea (UE), conculca la normativa europea sobre impuestos especiales. En Catalunya, donde el año pasado se recaudaron casi 300 millones de euros por este recargo, se aplica desde el 2004. «Estamos litigando desde el 2009 y esta primera opinión del tribunal europeo la acogemos con satisfacción porque al final nos dan la razón», dijo sobre el impuesto que en Catalunya se paga desde el 2004.

Besora reclama 62.000 euros de indemnización. «El nivel impositivo a las empresas de transporte es muy alto y solo faltaba que nos pusieran este impuesto. Muchas empresas no han podido resistir y han tenido que cerrar», argumenta. El responsable de esta pequeña empresa de transportes apunta que si la sentencia les es finalmente favorable podría suponer «un desacalabro» para las finanzas públicas. El céntimo sanitario suponía a su empresa un gasto semanal de 400 euros.

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) eligió al azar la empresa de Besora entre las que hacían el mismo tipo de reclamación para elevar el caso al tribunal europeo. «Solo nosotros representamos a 60 empresas, pero la Generalitat informó que en Catalunya hay un total de 420 que hicieron la misma reclamación», informó ayer Irene Mallol, de Mallol Assessors, el bufete de Tarragona que llevó el caso al TSJC.

A raíz de este pleito, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) cuestionó ayer la legalidad de la tasa autonómica, lo que podría agravar los actuales problemas presupuestarios de Catalunya y del Estado si España fuera obligada a devolver los 13.000 millones ingresados desde la introducción de esa tasa. El impuesto es considerado ilegal e incompatible con la directiva europea sobre impuestos especiales por el abogado general de la institución Nils Wahl en su recomendación al tribunal.

NORMATIVA MODIFICADA / Desde el pasado el 1 de enero, con el objetivo de corregir los defectos legislativos investigados por el tribunal de la UE, la normativa española sobre el céntimo sanitario fue modificada y la tasa quedó integrada en el impuesto especial de hidrocarburos. Por ello, una sentencia contraria solo sería perjudicial si tuviera efectos retroactivos.

El abogado general del tribunal de la UE, que asesora a los jueces en este caso concreto, ha optado por una interpretación muy restrictiva de la directiva comunitaria. Pese a que el impuesto cuestionado tiene como finalidad financiar los gastos sanitarios en las autonomías, Wahl sostuvo en sus conclusiones que no cumple el requisito establecido en la directiva de tener «finalidad específica no presupuestaria» y argumentó que tiene el mismo objetivo que el impuesto especial armonizado sobre hidrocarburos, que consiste en reducir los costes sociales.