SEGÚN UN ESTUDIO

El 80% de las publicaciones de 'influencers' tienen incorrecciones publicitarias

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El mundo 'influencer': ¿por qué sigue habiendo publicidad encubierta y sobreexposición de menores?

Laura Escanes, María Pombo, Lola Lolita y Marina Rivers.

Laura Escanes, María Pombo, Lola Lolita y Marina Rivers.

EFE

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Un estudio de la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) revela que casi un 80 % de las publicaciones de 'influencers' presentan algún tipo de incorrección desde el punto de vista legal o deontológico, la mayor parte de ellas relacionadas con la publicidad encubierta. Para el estudio, la asociación ha analizado más de 5.000 publicaciones de unos 1.400 influencers.

El mayor volumen de incumplimientos se concentra en los casos en los que se promocionan marcas comerciales sin identificar la naturaleza publicitaria del mensaje, aunque a veces, si se identifica, pero se hace de forma incorrecta. También hay incumplimientos asociados a la publicidad de complementos alimenticios, cosméticos, preparados nutricionales o probióticos, clínicas e incluso a intervenciones médicas. Algunos influencers aconsejan clínicas y se muestran tras la operación.

La promoción de bebidas alcohólicas también supone un punto conflictivo. Aunque su publicidad es lícita, esta debe cumplir con una serie de requisitos: no estar dirigida a menores, incluir un mensaje de consumo moderado o no asociar el consumo de alcohol al éxito personal, social, sexual, familiar o profesional. Pero esto en ocasiones no ocurre, y no solo no se incluye el mensaje de consumo moderado, sino que en algunos casos, se asocia a la distinción y al éxito social e incluso, según AUC, determinados personajes populares incitan a un exceso en el consumo.

Además, esta publicidad de alcohol es de libre acceso a los menores sin poner ninguna limitación y, en muchos casos, no está acompañada de la advertencia de la edad, como ocurre también con otros contenidos dirigidos a adultos, como pueden ser los juguetes sexuales, con mensajes más o menos explícitos.

Otras prácticas comunes son la promoción de bienes y servicios, cuya experiencia de uso y consumo parece depender de la libre decisión del o la 'influencer', de sus gustos personales, cuando en realidad forma parte de un acuerdo publicitario.

Ante estos resultados, la AUC pide al Gobierno un criterio más amplio y extensivo a la hora de determinar a qué 'influencers' se aplicará el futuro real decreto de desarrollo de la ley audiovisual que regulará a los llamados 'usuarios de especial relevancia' (UER). De momento, el borrador del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública fija en dos millones los seguidores de un 'influencer' en al menos una plataforma y en 500.000 euros la facturación anual de este como requisitos para ser considerado como UER.

Para la asociación ya hay un alto volumen de generadores de contenidos con una actividad publicitaria muy intensa por debajo de la franja del millón de seguidores. Según AUC, se trata de personas muy conocidas, en el entorno de los 500.000 e incluso 100.000 seguidores, que quedarían fuera del marco de aplicación de la norma.