El artículo 10.2 de la Constitución dice lo siguiente:
"Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España."
Un año antes de hacer la propia Constitución, España ya había ratificado en uno de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, el derecho a la libre determinación de todos los pueblos:
Artículo 1: "Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural."
Es decir, la Constitución sí que permite a los pueblos ejercer el derecho a la autodeterminación.