Devolución de IRPF
Esta es la casilla para que los mutualistas recuperen hasta 4.000 euros en la declaración de la Renta
La Seguridad Social avisa: estas son las pensiones que más subirán en 2024
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IRPF
Desde el pasado 20 de marzo, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) tiene habilitado un sencillo formulario que permite canalizar todas las solicitudes de devolución de IRPF para mutualistas que le constan a la Agencia, así como de la información sobre la vida laboral de los solicitantes que la AEAT recaba de la Seguridad Social y otros organismos. El objetivo es resolverlas a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos.
No será necesario adjuntar a la solicitud ningún tipo de documentación, puesto que, en general, la AEAT ya contará con la información precisa para la resolución de la solicitud, según ha publicado la Agencia Tributaria en su página web.
Cómo solicitar la devolución
La minoración se aplica en la casilla 003 del borrador. No obstante, en el caso de que no sea posible resolver una solicitud concreta con la información disponible se podrá requerir de los interesados a posteriori la aportación de la documentación que resulte necesaria.
Tanto el formulario de solicitud como la información relativa a este proceso estará a disposición de los interesados a través de la Sede electrónica de la AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es).
Exceso de cotización
Este formulario se podrá utilizar para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2019-2023, si bien para 2023, en la mayoría de los casos el cálculo ya aparecerá en Renta Web y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración.
Para aquellos casos en los que la AEAT no cuente con información suficiente, no podrá ofrecer el cálculo en los datos fiscales, pero para solicitar el ajuste será suficiente con presentar el mismo formulario utilizado para los años anteriores.
Tras un fallo del Tribunal Supremo de 2023, es posible reclamar el dinero del exceso de cotización de mutualistas de banca, eléctricas, astilleros, comercio, construcción, pesca y metalurgia que se produjo entre 1967 y 1978. Estos trabajadores cotizaron por el 100% de sus pensiones, cuando debían haberlo hecho por el 75% durante el periodo de tiempo indicado, lo cual podría dar derecho a devoluciones de hasta 4.000 euros.
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