IRPF

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Colocación de ventanales

Colocación de ventanales / Jordi Cotrina

Pedro Sanjuán

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Quien haya decidido cambiar las ventanas de su casa con el objetivo de mejorar la eficiencia energética del inmueble debe saber que esta obra es susceptible de beneficiarse de una deducción vía IRPF, siempre y cuando se haya realizado la vivienda habitual o en cualquier otra de su titularidad y que esté arrendada para uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que, en este caso, se alquile antes de 31 de diciembre de 2025.

Otro de los requisitos indispensables para aplicarse esa deducción en la declaración de renta es que con la obra se reduzca, al menos, un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable o bien, se consiga una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.

Para acreditar este ahorro se deberá disponer de un certificado de eficiencia energética de la vivienda emitido por el técnico competente antes del inicio de las obras (a estos efectos, será válido el emitido como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras) y al final de las mismas.

La deducción se podrá aplicar en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de las obras y, en todo caso, el certificado deberá ser expedido antes de 1 de enero de 2025.

¿Cuál es la base y el porcentaje de deducción?

La base de la deducción son las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024 con un máximo de 7.500 €. El porcentaje de deducción en el IRPF que un contribuyente se podrá aplicar es el 40%.

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