Los 5 errores más comunes al hacer la declaración de la renta
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Varias personas esperan en una oficina de la Agencia Tributaria en Madrid, el pasado 5 de abril / Europa Press / Marta Fernández Jara
El pasado 11 de abril, se abrió el plazo para presentar la declaración de la renta 2022-2023. Depende de las gestiones que se realicen, hay unos plazos u otros de presentación del borrador.
En todo caso, las declaraciones de la renta tienen que presentarse antes de julio. Y a medida que avanza el tiempo y se acerca el final del plazo, las prisas o no cerciorarse de que todos los datos que aparecen son correctos puede llevar a un error o equivocación cuando se presenta a través de Internet o se acepta el borrador. Pero, ¿cuáles son los cinco errores más comunes que se suelen cometer? ¿Qué hay que tener en cuenta?
- Si has sido padre o madre, puedes beneficiarte de ayudas fiscales que luego tienes que declarar. Y además, tener un hijo/a desgrava. Si te has casado, puedes calcular si resulta mejor presentar una declaración conjunta.
- Si has recibido alguna subvención estatal o autonómica, puedes tener que tributar por ella. Los planes de renovación de vehículos y las mejoras en la vivienda son ejemplos de ayudas por las que tienes que pagar.
- Si compraste tu vivienda habitual antes de 2013, tienes derecho a una de deducción del 15% de los pagos de la hipoteca, con un máximo anual de 9.040 euros, pese a que este beneficio fiscal ya no se aplique a las nuevas adquisiciones. Además, si tienes más de una vivienda debes tributar por ella, imputando en su renta el 1,1% del valor catastral de los segundos y siguientes inmuebles.
- Por contra, si tienes una vivienda alquilada tienes una deducción en la declaración de la renta y puedes beneficiarte de una reducción del 60% sobre el rendimiento neto del alquiler.
- Los contribuyentes tienen derecho a reducir la base imponible con las aportaciones a los planes de pensiones, lo que rebaja la cantidad a pagar. El límite de la rebaja de la base imponible es de 10.000 euros con carácter general y de 12.500 para mayores de 50 años.
No tener en cuenta cualquiera de estos cinco puntos implica cometer un error que puede hacer que tengas que presentar una declaración complementaria.
Además, si el error significa pagar menos de lo que en realidad tocaría pagar en la declaración, la Agencia Tributaria puede enviar al contribuyente una propuesta de liquidación con diferentes recargos que se pueden situar en torno al 5%, en determinados casos. Si procede, también se pueden imponer sanciones.
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