Subsidio

El SEPE lo confirma: cambio en la fecha de cobro del paro en agosto

En agosto se retrasa unos días

Oficina del SEPE

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Pedro Sanjuán

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Para tener derecho a cobrar el paro una persona cuyo contrato de trabajo ha cesado por motivos ajenos a su voluntad puede tener derecho a recibir una prestación por desempleo reuniendo los siguientes requisitos legalmente exigidos:

a) Estar afiliada o afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.

b) Tener cubierto el período mínimo de cotización de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.

c) Encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del acuerdo de actividad.

d) No haber cumplido la edad ordinaria para la jubilación, excepto cuando no tuvieras acreditado el período de cotización requerido para ello o se trate de supuestos de suspensión de contrato o reducción de jornada.

e) Estar inscrita o inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo competente.

El pago de prestaciones del SEPE se produce el día 10 de cada mes. Sin embargo, si ese día cae en festivo o en fin de semana el subsidio se recibe el siguiente día hábil.

Como este mes de agosto el día 10 cae en sábado, quienes reciben la prestación de desempleo la cobrarán a partir del lunes día 12 de agosto. Aún así, algunos bancos anticipan el pago de este subsidio a sus clientes.

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