Mercado laboral

¿Cuánto cuesta despedir en España, por qué Europa lo ve insuficiente y cómo piensa cambiarlo el Gobierno?

Un despido impugnado tarda año y medio en llegar a juicio en Catalunya

¿Cuánto cuesta despedir en España? De los 2.800 euros de Ciudad Real a los 20.000 de Guipúzcoa

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Gabriel Ubieto

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Alrededor de medio millón de personas son despedidas cada año en España. Algunas vía expediente de regulación de empleo (ERE), porque su empresa cierra; otros por motivos disciplinarios, una vez la empresa considera probado que han incumplido alguna de sus obligaciones laborales; y otros por causas económicas u organizativas, afectados por una reestructuración de la compañía.

Las condiciones y normativa legal bajo las que ese medio millón de personas son despedidas ha vuelto a la palestra en España, una vez que el Comité Europeo de Derechos Sociales ha reprendido al Gobierno por incumplir la carta social europea. Y es que el organismo internacional considera que la actual normativa vigente no blinda suficientemente a los empleados, en una resolución avanzada este lunes por el sindicato UGT y que el propio CEDS hará pública el próximo lunes.

La ley española contempla un abanico de indemnizaciones por despido que los empleados cobran en función del motivo por el que han sido cesados y según la antigüedad que acumulan dentro de la empresa antes de ello. El actual sistema perjudica en mayor medida a los trabajadores más jóvenes, que son los que acumulan menores antigüedades y sueldos más bajos. Esas dos variables condicionan el importe indemnizatorio y se traducen en un mapa que refleja hondas desigualdades, con unas comunidades autónomas donde la compensación media puede ser tres veces superior a la de otras.

¿Cuánto cuesta despedir en España?

El importe medio de una indemnización en España fue en 2022, según los últimos datos recopilados por el Ministerio de Trabajo, de 8.251,4 euros. No obstante, esa cifra puede variar sustancialmente dependiendo de las circunstancias del despido. Elaborando un retrato robot, las peores indemnizaciones las cobra un trabajador joven, mujer, dedicado a la hostelería y residente en una comunidad del sur de España. En el otro lado, las mayores compensaciones las cobran hombres, de edad cercana a la jubilación y empleados en la banca y residentes en Madrid o el País Vasco.

No es lo mismo un despido individual por causas objetivas -el más habitual-, que se salda habitualmente con una compensación de 6.563 euros, que uno colectivo, cuyo importe medio asciende a más del doble: 21.427 euros.

En un modelo que mayor indemnización asegura a mayor antigüedad acumulada en la empresa, aquellos trabajadores más veteranos acaban cobrando cuantías sustancialmente superiores a las de los más noveles. También porque, en general, los sueldos más altos se concentran en las capas de edad más avanzada. Todo ello forma un cóctel que hace que entre la indemnización de la cohorte de más edad cobra 72 veces más que la más joven.

De la misma manera que no cobra igual un camarero que un bancario, la indemnización que le queda a uno y otro varía sustancialmente. Esas dos profesiones representan los dos extremos de un mapa con fuertes desigualdades, en las que coincide que aquellos sectores con mayores sueldos tienen, a su vez, una mejor relación indemnizatoria. Es decir, así como un obrero de la construcción percibe de indemnización el equivalente a un mes y medio de sueldo, un empleado de una empresa de suministro energético percibe el equivalente a casi siete meses de sueldo.

Tan abultadas son las diferencias por gremios como lo son por comunidades autónomas. Muchas de estas variables se cruzan, pues determinados sectores tienen más peso en un terriorio que en otro y pagan mejores o peores salarios, lo que redunda en mayores o menores indemnizaciones.

¿Por qué Europa reprende a España?

El Comité Europeo de Derechos Sociales, a falta de ver su argumentario detallado, ha considerado que España incumple la carta social europea en materia de indemnizaciones. Por un lado, el organismo considera que el actual sistema no es suficientemente disuasorio para evitar que las empresas recurran al despido. Y, por el otro, el CEDS considera que las actuales cuantías no son reparadoras para el empleado.

En este sentido, son varios los tribunales que, antes incluso de la resolución del Comité Europeo de Derechos Sociales, ya opinaban lo mismo y han aplicado jurisprudencia europea para elevar el importe de las indemnizaciones en determinados casos.

Pionero fue el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que obligó a una empresa a abonar un dinero adicional a un trabajador cesado, al considerar que el importe que le tocaba por ley era "insignificante". Dicho empleado tenía derecho a una indemnización de 941,78 euros y el tribunal se la elevó a 4.435 euros.

¿Qué propone el Gobierno?

La vía por la que acabará optando el Gobierno es todavía ignota. La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, es partidaria de instaurar lo que denomina “despido restaurativo”. Es decir, una especie de despido adaptado a las necesidades del cesado. Da una mayor protección a aquellos colectivos más vulnerables, como personas con dificultades para encontrar un nuevo trabajo por su edad o progenitores que si se quedan en la calle cortan la única o principal vía de ingresos de sus familiares. Si bien ello puede tener un efecto boomerang indeseado y es que las empresas sean reticentes a contratar a estos perfiles, ya que si al final los acaba despidiendo, les saldrá más caro.

El PSOE, por su parte, se mostró durante la pasada legislatura reticente, cuando no contrario, a reformar esta cuestión. Hasta el punto de que defendió ante el CEDS que "el sistema español de protección al trabajador que ha sido despedido de manera 'ilícita' [...] provee una indemnización adecuada, y articula en cualquier caso un mecanismo de reparación que resulta apropiado", según afirmó el Ejecutivo en un escrito elaborado por el Ministerio de Justicia, dirigido por el PSOE.

La patronal se ha mostrado totalmente contraria a modificar la legislación relativa al despido. Y los sindicatos quieren abordar tanto el coste indemnizatorio, como las causas. En este punto, desde la UGT se han mostrado predispuestos a recuperar los 'salarios de tramitación'. Este precepto obligaba a la empresa a pagar, en caso de sentencia desfavorable la misma, el sueldo que el empleado debería haber percibido entre el momento de su despido y el de la sentencia judicial. Algo que hace años, cuando los juicios se resolvían en pocos meses, no era mucho dinero, pero que ahora sube el monto total.

En Catalunya, según estadísticas del Consejo General del Poder Judicial, un despido impugnado tarda año y medio en tener sentencia. Para alguien que cobra el salario mínimo equivaldría a 23.814 euros, tres veces más que la indemnización media actual. 

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