Relaciones mercantiles

Una norma europea fuerza a informar en las cuentas del plazo de pago real a los proveedores

Un reglamento de la UE reduce la opción de usar el 'confirming' como vía para simular que se paga en los plazos legales

La Eurocámara apoya la nueva ley de morosidad con un límite de plazo de pago de 30 días

El presidente de Pimec, Antoni Cañete  (izquierda), junto al ministro de Industria, Jordi Hereu (derecha), en la gala anual de Pimec.

El presidente de Pimec, Antoni Cañete (izquierda), junto al ministro de Industria, Jordi Hereu (derecha), en la gala anual de Pimec. / MANU MITRU

Agustí Sala

Agustí Sala

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Las opciones de demorar pagos a los proveedores se estrechan. Un reglamento europeo que entró en vigor con efecto dese el pasado 1 de enero obliga a todas las empresas de la Unión Europea (UE) a informar en sus memorias sobre los plazos reales de pago a sus proveedores, lo que supone "un cambio en las reglas de juego", según la Plataforma Multisectorial contra la Motosidad (PMcM). Se trata del Reglamento 2024/1317, que ha sido publicado tanto en el boletín oficial del Estado (BOE) como por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Esta normativa obliga a especificar en las memorias de las compañías las condiciones generales de los contratos con entidades financieras relativos a acuerdos de financiación a proveedores (conocidos en España como 'confirming') que, en muchas ocasiones, se emplean para simular el pago en plazo legal con costes financieros para la subcontrata.

En esa documentación obligatoria habrá que detallar las líneas, los plazos y garantías. Adicionalmente las compañías deberán concretar los importes y plazos de los documentos de 'confirming' descontados por los proveedores. El 'confirming' es un medio de pago a proveedores por el cual una entidad financiera se encarga de gestionar y pagar las facturas de una compañía. El proveedor recibirá el cobro al vencimiento o podrá optar por anticiparlo a cambio de un importante descuento por intereses y comisiones. Es un producto financiero que permite alargar los plazos de pago a proveedores o gestionar el cobro con considerables rebajas. Es un instrumento cuyo uso ha denuncaido desde hace años la PMcM. La ley de 2010, que todavía carece de régimen sancionador, fijaba un plazo máximo de 60 días en las transacciones entre empresas y de 30 en las de estas con las administraciones.

Con esta nueva obligación de información “la UE tumba un subterfugio contable muy popular en España”, asegura Antoni Cañete, presidente de la PMcM. Desde ahora, "pagar por 'confirming' no es pagar". Gracias a esta normativa, van a ir saliendo a la luz los saldos pendientes a proveedores, ocultos bajo el 'confirming'. A nivel contable, en muchas empresas se consideran pagadas aquellas facturas a las que se ha comunicado un 'confirming', aunque el proveedor solo pueda cobrarlas íntegramente al vencimiento del “pago confirmado”, que puede superar incluso los 240 días.

Así, las operaciones de 'confirming' determinan que las deudas con los proveedores puedan figurar como pagadas a efectos del cálculo del periodo medio de pago, contemplando la fecha de entrega del 'confirming' como día de pago. Así, en el balance de las cuentas anuales de las compañías, algunas de estas operaciones constan como deuda comercial o con proveedores, en vez de deuda financiera.

Cañete asegura que la PMcM ha detectado que los informes sobre plazos de pago de determinadas compañías auditadas (basados en los estados financieros publicados por la CNMV), muestran "siempre enormes divergencias entre la información proporcionada en las memorias anuales de las compañías con respecto a sus plazos de pago a proveedores -calculados según las resoluciones del ICAC- y la información que se desprende del análisis de sus estados financieros”.

El nuevo reglamento europeo, aprobado el pasado 15 de mayo por la Comisión Europea, modifica, entre otras normativas, la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 7, en lo relativo a la Información a revelar de los instrumentos financieros que utilizan las compañías. Una medida similar se viene aplicando en EEUU desde hace más de un año, después de que varias agencias de calificación crediticia, entre las que destaca Moody´s, confirmaran la necesidad de explicitar los riesgos ocultos en los estados financieros asociados a este tipo de instrumentos. Según Bloomberg, durante los primeros meses de aplicación de esta norma en USA, se ha puesto de manifiesto que alrededor de 80 empresas del S&P 500 mantenían deudas ocultas en sus estados financieros por un importe de alrededor de 64.100 millones de dóalres en estos instrumentos que les permiten alargar los plazos de pago a sus proveedores.

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