Guía para pedirlos, paso a paso

La Generalitat dará hasta 20.000 euros a los autónomos que contraten a una persona en paro

La Conselleria d'Empresa i Treball abre una nueva convocatoria de subvenciones que beneficiará a unos 700 trabajadores por cuenta propia

El Tribunal de Cuentas insta a que miles de autónomos devuelvan hasta 550 millones cobrados en 2020 por cese de actividad

El comercio textil mueve casi 20.000 millones de euros en España, un 1,6% de la riqueza del país

El comercio textil mueve casi 20.000 millones de euros en España, un 1,6% de la riqueza del país / Manu Mitru

Gabriel Ubieto

Gabriel Ubieto

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La Generalitat de Catalunya ha abierto un programa de subvenciones para incentivar que los trabajadores autónomos que tienen un proyecto empresarial en solitario contraten a su primer empleado. La conselleria de Empresa i Treball ha abierto este viernes el canal para que los potenciales interesados soliciten una subvención de hasta 20.850 euros. Una ayuda que, no obstante, está sujeta a una serie de requisitos y obligaciones. 

El programa habilitado por la administración catalana, bautizado como el 'TU+1', está dotado con un presupuesto de 15 millones de euros y está previsto que beneficie a unos 700 trabajadores por cuenta propia. Es el tercer año que se abre está convocatoria de ayudas y hasta la fecha se han contratado a través de estas subvenciones a un total de 1.069 personas que previamente estaban en paro, según datos del Departament de Treball.

Los requisitos para recibir la ayuda son concretos y el presupuesto limitado, así que aquellos interesados deben rellenar un formulario y cursar la solicitud cuanto antes para ampliar las posibilidades de recibir el dinero. Ya que el método de asignación de los fondos es por concurrencia competitiva, es decir, si dos personas se acaban disputando la última ayuda y ambos cumplen con todos los requisitos, quien antes presentara la solicitud, se la lleva. Esta es la guía, paso a paso, para cursar la subvención.

¿Quién puede pedirla?

Para poder recibir esta subvención la persona interesada debe cumplir con tres requisitos. Primero, debe estar dado de alta como trabajador autónomo y tener el domicilio fiscal en Catalunya. En su defecto, también pueden pedirlo las personas que tengan constituida una sociedad limitada unipersonal (SLU).

Segundo, no tener contratado a ningún empleado previamente. La idea de esta subvención es incentivar que crezcan los negocios y no reforzar a los que ya tienen un cierto volumen de facturación y puede permitirse tener contratado a alguien en plantilla.

Tercero, el autónomo que quiera solicitar esta ayuda debe tener, como mínimo, un año de antigüedad como tal. No puede darse de alta y al día siguiente solicitar esta subvención.

¿Cuáles son los plazos para cursar la solicitud?

Los interesados deberán presentar toda la documentación y cursar la solicitud en tiempo y forma. Tienen desde el viernes 5 de julio y hasta el lunes 12 de septiembre, a las 14 horas, para hacerlo. Y todos los trámites deberán realizarlos a través de medios telemáticos, concretamente a través del 'Canal Empresa' de la Generalitat. Para iniciar las gestiones, haga clic aquí y la Generalitat no cobrará tasa alguna a los participantes.

¿Qué obligaciones deben cumplir los beneficiarios?

Los autónomos que reciban esta subvención deben cumplir una serie de requisitos. El primero de ellos es que la persona que contraten debe estar en paro. No pueden ir a buscar un profesional ya en activo, sino que la subvención está pensada también para reducir las actuales tasas de desempleo y dar una oportunidad a aquellas personas que buscan trabajo. Uno de los documentos que deberá presentar el solicitante es el DONO (Demandante de Ocupación No Ocupado) de la persona que contrate.

El segundo requisito es que no puede hacerle cualquier tipo de contrato, sino que este debe ser indefinido desde el primer día. Dicho contrato indefinido puede ser a tiempo completo o parcial, aunque en este segundo caso debe superar el 50% de la jornada completa establecida en el contrato colectivo de rigor. Si este contemplara una jornada semanal de 40 horas, el contratado como mínimo debería estarlo por 20 horas. Lo que sí queda excluido son los contratos fijos discontinuos.

El tercer requisito indispensable es mantener dicha contratación de manera ininterrumpida un mínimo de 18 meses. El autónomo beneficiario no puede cobrar los 20.850 euros y despedir al día siguiente a su empleado. Si fuere así, debería devolver todo el dinero. Además, el beneficiario siempre debe estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social.

A nivel de plazos, el autónomo debe solicitar la subvención antes de suscribir el contrato y, una vez concecida esta, debe formalizar dicho contrato de trabajo indefinido en un plazo máximo de tres meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución conforme la Generaelitat le ha otorgado la ayuda.

¿Con qué es incompatible la ayuda?

Hay varias incompatibilidades en este programa de la Generalitat. La principal es haber sido previamente beneficiario de este mismo programa. Otra es que no se puede contratar a un colaborador del autónomo que lo haya sido en los seis meses antes de la solicitud de la subvención. Tampoco puede solicitarla aquellas personas que sean autónomos dependientes, oficialmente inscritos en como TRADE.

¿Cuánto cobrarán los beneficiarios?

El importe máximo de la ayuda son 20.850 euros, aunque este puede disminuir si las personas contratadas no lo están a jornada completa. La referencia de esos 20.850 euros no es gratuita y obedece a la cuantía vigente del salario mínimo interprofesional (SMI). Este dinero cubre el equivalente a los 1.134 euros brutos (14 pagas) de salario, más la Seguridad Social y la cuota empresarial.

Si el autónomo contratante luego quiere pagarle más dinero a su empleado, es libre de hacerlo, pero la Generalitat solo le subvencionará el salario mínimo durante el equivalente a un año de sueldo. Los seis meses siguientes que debe mantenerle el contrato, deberá costearlos ya íntegramente de sus balances.

En caso de tener a un trabajador a jornada parcial, el autónomo cobrará la ayuda en proporción al tiempo de jornada del empleado.

¿Cuándo se cobrará la subvención?

No hay una fecha concreta en la que los beneficiarios cobrarán, según reconocen desde el Departament de Treball. Si bien la Administración tiene un plazo máximo para resolver y notificar la resolución al solicitante de seis meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. Luego se procederá al pago, que tardará un tiempo no especificado en las bases de la convocatoria.

Hasta el 12 de septiembre tienen de margen los interesados para presentar sus solicitudes y entonces los técnicos del Departament empezarán a revisar la documentación y resolver, afirmativa o negativamente, los expedientes.

Superado este trámite, se le comunicará al solicitante si su petición ha sido aprobada o denegada. Y, en paralelo, Treball remitirá a la conselleria de Economia la lista de los aprobados, para que sea esta la que autorice los pagos. Según las estimaciones realizadas desde Treball, entre enero y febrero del 2025 los pagos deberían estar cursados.

Suscríbete para seguir leyendo