Morosidad
LISTA | 50 personas y empresas mantienen una deuda de 83,8 millones con la Generalitat
El número de morosos y lo que adeudan se sitúa en niveles parecidos a los de 2021
LISTA | ¿Quiénes son los mayores morosos de la Generalitat?
Agustí Sala
Redactor jefe de Economía
Además de El Periódico, trabajé de 1989 a 1990 en La Economía 16, como responsable de Economía en el Diari de Barcelona, de 1989 a 1990; en la sección de Economía de TVE Catalunya de 1987 a 1989, en Antena 3 de Radio, de 1985 a 1987 y en el Diari Menorca, de 1983 a 1985 y Radio 80-Menorca. Además la licenciatura en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona (1992-1986), tengo un posgrado en dirección general (PDG) 2011-2012y un curso de Márketing Digital y Redes Sociales por la EAE Business School
Un total de 50 personas y empresas mantenían a 31 de diciembre pasado una deuda de 83,8 millones con la Generalitat, según la lista de morosos publicadas este viernes por la Conselleria de Economia. El número de mosoros se ha incrementado en un 22% con respecto al ejercicio precedente hasta situarse en una cifra similar a la de 2021; y el importe de deuda, el 13,5%, también parecida a hace dos años, según se desprende de los datos. Además de personas físicas en esta publicación de morosos de la Agència Tributària de Catalunya (ATC) figuran empresas de aguas, de ocio o algunas promociones inmobiliarias.
Como en el listado el año pasado, en la lista, en la que para figurar hay que deben más de 600.000 euros por tributos como el de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, patrimonio, sucesiones, tasa del juego o canon del agua, PlayBadalona, con 9,3 millones, Rec Madral, Companyia d'Aigües, con 7,9 millones, al igual que Riera de Cabanyes, con 7,4 millones, se sitúan en cabeza. Entre las personas físicas sobresalen Anna Maria Borrell Marín, con 3,3 millones, y Montserrat Unanue Navarro, con 3,2 millones, que en este caso ya figuraba en la lista del año anterior.
Entre las personas físicas que figuraban en la lista de 2022 y que aún constan en este listado, además de Montserrat Unanue Navarros; están Nancy Janneth Suárez Cáceres, con 2,6 millones y Víctor Juan Fontfeda Puig, con 2,4 millones. Todos ellos ya estaban en la lista de 2021. Vuelven a figurar en la lista las hermanas Ballbé Anglada, dedicadas al sector inmobiliario en Terrassa, que el ejercicio anterior encabezaban el ránking de principales deudores personas físicas, con una deuda de 3,6 millones cada una; y en la actual constan con 1,045 millones María de Carmen ; y con 984.491 euros su hermana María del Mar. Otro clan que consta en el listado es el de los Vendrell Schwaiger, dedicados al sector inmobilairio, con José María en cabeza, con 1,8 millones; Víctor, con 1,2 millones; y María Alexandra, con 1,001 millones, todos ellos hermanos. Además de las empresas citadas en los primeros puestos, otras compañías con deudas pendientes son Moramar, con 3,3 millones; Recreativos Caballero, con 2,4 millones; o Agref, SA, con dos millones
En la anterior lista, eran 41 contribuyentes los que debían a la hacienda catalana, la Agència Tributària de Catalunya (ATC) un total de 73,8 millones de euros correspondientes a impuestos propios y cedidos a la Generalitat a 31 de diciembre de 2022. Tanto el número de morosos como el de deuda se redujeron con respecto a 2021. Entonces, un total de 51 los contribuyentes, entre personas físicas y jurídicas (sociedades y empresas) eran las que figuraban en esta lista con una deuda total de 88,5 millones por los distintos impuestos propios y cedidos a la Generalitat. En el último ránking, el que se publicó con fecha 31 de diciembre de 2022, estaban en cabeza las sociedades PlayBadalona, con 10,16 millones de euros; Rec Madral, Companyia d'Aigües, con 7,5 millones y Riera de Cabanyes, Companyia d'Aigües, con 6,8 millones son las principales deudoras. Todas ellas ya constaban en la lista de 2021.
La lista de deudores tributarios se publica en cumplimiento de la medida 4.b.3.7 del Plan de prevención y reducción del fraude fiscal y de fomento de las buenas prácticas tributarias, en los términos previstos en la Orden de desarrollo de las previsiones artículo 95.bis de la Ley general tributaria.
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