Ayudas

Si tienes esta ayuda de 480 euros del SEPE, es momento de decirle adiós: los más afectados

Un usuario, ante la página web del SEPE.

Un usuario, ante la página web del SEPE. / ACN

Pedro Sanjuán

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Quienes disfruten de una ayuda o pensión, ya sea contributiva o no contributiva, del SEPE, saben que hay contraprestaciones para mantenerlas el tiempo máximo posible. Sin embargo, hay quien desatiende esas servidumbres, por lo que se arriesgan a sanciones que pueden concluir con la pérdida de ese ingreso.

Las personas perceptoras de un subsidio por desempleo, tras agotar el paro, no son una excepción y, aunque tuvieran hijos a su cargo, no se librarán de perder esa ayuda asistencial, no contributiva, de 480 euros mensuales si desatienden sus obligaciones.

Las infracciones más frecuentes por las que se pierde este subsidio son: superar el límite de rentas que da derecho a recibir la ayuda (no se pueden tener ingresos superiores al 75% del SMI, 850 euros), no atender a ofertas de empleo ni a cursos de formación que se ofrezcan al parado. La finalidad del subsidio por desempleo es tanto suplir una falta de dinero como la reincorporación laboral del beneficiario.

Las sanciones del SEPE se califican como leves, graves y muy graves, penalizando, además, la reincidencia. Las dos razones expuestas anteriormente como posible motivo de pérdida de la ayuda son consideradas infracciones graves.

Para poder obtener esta ayuda, que durará un máximo de 30 meses, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • La persona debe estar en situación de desempleo y haber agotado el paro
  • Es necesario estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
  • Se deben tener responsabilidades familiares
  • Ingresos por debajo del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, unos 850,5 euros mensuales.