Vivienda
Catalunya modifica su ley de vivienda para que los propietarios no puedan esquivar el tope de precios con la trampa del ‘alquiler de temporada’
Los contratos tendrán que especificar la intención del alquiler bajo amenaza de sanciones de hasta 900.000 euros
Los pisos de estudiantes o para usos profesionales tendrán su renta limitada igual que el resto
Catalunya amplía hasta 271 los municipios con áreas tensionadas para limitar el alquiler
La oferta de habitaciones anunciadas en Barcelona ya supera a la de pisos en alquiler tradicional
Críticas de los API de y los portales inmobiliarios al Govern
Paula Clemente
Periodista
Periodista del equipo de economía. Escribo sobre cuestiones relacionadas con el Consumo, las empresas (especialmente las medianas y pequeñas), el emprendimiento y el tejido tecnológico local.
Constatado el “fraude” y la “picaresca” que ha llevado a muchos de los propietarios catalanes de vivienda a arrendar sus pisos como alquileres temporales para eludir la ley de vivienda, la Generalitat de Catalunya ha decidido taponar el vacío legal que lo permitía. El Govern ha aprobado con carácter de urgencia un decreto ley que viene a completar el texto de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para especificar que cualquier alquiler que no sea vacacional o para usos recreativos tenga que tener limitada su renta y depositar fianza igual que el resto, lo que incluye a pisos de estudiantes o alquilados a personas que estén en la comunidad para trabajar una temporada concreta o por cuestiones médicas.
Así lo ha anunciado este miércoles la ‘consellera’ d’Habitatge, Ester Capella, tras una reunión del Consell Executiu, en la que se ha cerrado el acuerdo en torno a este texto que entrará en vigor tan pronto se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC). Eso sí, el decreto quedará entonces a expensas de que se acabe convalidando o no a lo largo de las siguientes semanas, pero el departamento se ha mostrado optimista al respecto.
“El motivo principal de la aprobación de este decreto ley es resolver los agujeros que la ley estatal de derecho a la vivienda ha dejado”, ha justificado la consellera. Para lograrlo, este texto concretará que el alquiler de temporada es aquel que se destina al ocio, a las vacaciones o a los usos recreativos como certámenes, congresos, festivales o eventos varios; y que las causas profesionales, laborales, de estudios, de asistencia médica o situaciones provisionales como la espera para volver al hogar habitual se considerarán usos de vivienda permanente. Es decir, que tendrán que tener limitados los precios igual que el resto y sus propietarios tendrán prohibido repercutir gastos de gestión inmobiliaria o de formalización del contrato.
También se obliga a especificar en los contratos de alquiler la causa detrás del arrendamiento, y, de no concretarse, se entenderá que se trata de un acuerdo de alquiler regular. Asimismo, tanto en los contratos, como en los anuncios u ofertas, se deberá informar sobre el precio de referencia que establece el índice o de la condición de gran tenedor del propietario, en caso de que lo sea.
Sanciones de hasta 900.000 euros
La gran novedad, en este caso, es que se establecen sanciones para poder perseguir este tipo de fraudes. Por ejemplo, alquilar este tipo de vivienda por un importe que supere el 30% del máximo aplicable según el régimen de contención de precios o hacer constar una causa falsa de alquiler será considerado una infracción muy grave, lo que equivale a multas de entre 90.001 y 900.000 euros.
Que un piso esté entre un 10% y un 30% más caro de lo que debe, no especificar la finalidad del alquiler o repercutir al arrendatario gastos inmobiliarios, pasará a ser una infracción grave, y a estar sujeto a sanciones de entre 9.001 y 90.000 euros. Por último, si en un contrato no consta el precio de referencia, de la última renta o de la condición de gran tenedor, se tratará de una infracción leve, y de entre 3.000 y 9.000 euros de multa.
Alquiler de habitaciones
Esta 'conselleria' también intenta poner algo de orden, con este decreto ley, a los puntos ciegos en relación con el alquiler de habitaciones. La idea es intentar acotar el fraude estableciendo que la suma de rentas pactadas en los distintos contratos que conforman el alquiler total, no pueden superar, tampoco, lo que establezca el índice de referencia. Dicho de otro modo, si la renta de un piso debería situarse en los 1.000 euros y ya hay dos habitaciones alquiladas a 400, la tercera no puede superar los 200 euros.
Por último, el Govern también ha acordado en este Consell Executiu blindar las decisiones orientadas a garantizar el incremento del parque de vivienda pública al que se había comprometido y que no estuvo a tiempo de atar por la caída de los presupuestos y la convocatoria de elecciones. Entre otras cosas, por ejemplo, la Generalitat tendrá derecho preferente de compra sobre una vivienda que esté en una zona tensionada, si esta es propiedad de gran tenedor, de una persona jurídica o se ha obtenido tras un proceso de ejecución hipotecaria.
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