En consulta pública
Industria retoma el observatorio de la morosidad que publicará la 'lista negra' de empresas que pagan tarde
La lista de mal pagadores estará vinculada al uso obligatorio de la facturación electrónica que lleva meses de retraso
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Sara Ledo
Periodista
El Ministerio de Industria y Turismo retoma la creación del Observatorio Estatal de la Morosidad Privada. El departamento que ahora dirige Jordi Hereu ha sacado a consulta pública hasta el próximo 29 de enero el proyecto de real decreto que regula esta figura ideada en el marco de la 'Ley Crea y Crece' con el objetivo de vigilar los periodos de pago en las operaciones comerciales. Su medida estrella es la publicación anual de una suerte de 'lista negra' de compañías que de forma manifiesta incumplan los plazos de pago a sus proveedores, que estará vinculada a la implementación de la factura electrónica en todas las transacciones comerciales y deberá publicarse en los primeros ocho meses de cada año.
En esta 'lista negra' se incluirá la identidad de las compañías con más de 600.000 euros de deuda atrasada con sus proveedores y que abonen menos del 10% del total de sus facturas dentro del plazo legal, como quedó reflejado en la 'Ley crea y crece' aprobada en septiembre de 2022. Pero la primera de esas publicaciones se retrasará al menos un año más, dado que el sistema de facturación electrónica que impulsa el Ministerio de Hacienda todavía no se ha puesto en marcha y para la elaboración de la lista de empresas mal pagadoras se utilizará como referencia la información de facturas proporcionada por la Agencia Tributaria a fecha del 31 de diciembre del año anterior.
Una vez se disponga de esos datos, la publicación de la lista se debe realizar antes del 31 de agosto del año en curso en la página web ipyme.org e incluirá, además de la denominación social de la empresa y su número de identificación fiscal y código CNAE de actividad, el "importe total de las facturas pendientes de pago".
La elaboración de este listado anual es una de las funciones del observatorio de la morosidad que también deberá elaborar un informe anual sobre la situación de los plazos de pago y de la morosidad en las operaciones comerciales que será publicado en la página web del Ministerio de Industria y Turismo e incluirá, también, información relativa a las administraciones públicas, aportada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Integrantes del observatorio
El observatorio de la morosidad estará presidido por el Vicepresidente primero del Consejo Estatal de la Pyme, esto es por el titular de la Secretaría de Estado de Industria, que en estos momentos ostenta Rebeca Torró, y contará con doce vocales. Habrá una representación por ministerio, en el caso de Industria, Economía y Hacienda, y dos miembros en representación de las comunidades autónomas.
Además, habrá un miembro de "la Administración Pública encargada de la gestión de la solución pública de facturación electrónica", otro de la Cámara de Comercio y otro del INE. Y dos miembros en representación de "la organización empresarial de ámbito estatal e intersectorial más representativa de la pequeña y la mediana empresa" y otros dos "en representación de asociaciones u otras organizaciones especializadas en el ámbito de la morosidad".
Una vez aprobado y entrado en vigor el real decreto, las administraciones y asociaciones tendrán 30 días para designar a sus miembros y constituir este órgano dentro de los dos meses posteriores.
Comportamiento empresarial
El objetivo de esta norma es "mejorar el comportamiento de pago de las empresas, cuestión que afecta muy especialmente a las pymes", según se explica en la memoria económica del proyecto de real decreto que hace referencia a los datos del informe del Observatorio de Morosidad del primer trimestre de 2022 elaborado por la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME).
Según estos datos, el importe de la deuda comercial con retraso en pago fue de casi 350.000 millones de euros, lo que supone un crecimiento interanual del 41,9%. A partir de esas cifras y considerando un tipo de interés del 8%, se estima que los intereses de demora exigibles por retraso en pago han alcanzado los 2.058 millones de euros (+50,9% interanual). "Parte de esta subida puede explicarse a partir del aumento en el porcentaje de facturas totales con retraso en pago y del importe de los efectos con retraso en pago, que ha crecido un 33% respecto al primer trimestre de 2021. Un mejor comportamiento de pago por parte de las empresas ayudaría a mitigar estos efectos", concluye.
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