Lucha contra la corrupción
Multas de hasta 300.000 euros a empresas que no tengan esto: el plazo termina este 30 de noviembre
Afecta a firmas con más de 50 trabajadores en plantilla
Estos autónomos podrán cobrar el 'paro' en 2023
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Una mujer en una línea de una fábrica / Bloomberg / Manaure Quintero
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El Periódico
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Se agota el tiempo para que aquellas empresas de más de 50 trabajadores que no hayan puesto en marcha ya un canal de denuncias lo hagan. Incumplir esta obligación, que se recoge en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, y que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, puede suponer multar de hasta 300.000 euros.
Para evitar las sanciones por este motivo los citados canales deben estar operativos antes del 30 de noviembre y podrán ser utilizados tanto por empleados como por personas externas con algún tipo de vinculación con las empresas y que, por lo tanto, puedan tener conocimiento de algún tipo de ilegalidad en el que estas pudieran estar incurriendo.
Estos canales también deberán preservar la identidad de los denunciantes y no solo son empresas privadas las obligadas a crearlos, sino que también afecta a administraciones públicas, sindicatos, universidades públicas, partidos políticos, organizaciones empresariales y a las fundaciones que reciban fondos públicos.
Aunque en la actualidad las compañías con más de 250 empleados ya están obligadas a contar con estos canales, no será hasta el 1 de diciembre que las de entre 50 y 250 trabajadores se verán afectadas por esta norma.
Las compañías tienen el compromiso de investigar los casos que se pongan en su conocimiento por medio de este canal y de darles una respuesta en un plazo máximo de tres meses.
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