Subsidio por desempleo
Estos son los únicos casos en los que el SEPE paga el paro en efectivo
Al ser algo excepcional, el beneficiario deberá solicitarlo justificando las razones que le llevan a pedir esa forma de pago, siendo potestad del SEPE tenerlas o no en cuenta
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Billetes de 500 euros
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Aunque cobrar la prestación por desempleo mediante domiciliación bancaria es lo habitual, existen excepciones en las que el Sistema Estatal Público de Empleo podría entregar esta ayuda al beneficiario en metálico. Para ello es necesario solicitarlo de forma presencial en una oficina del SEPE o bien, telemáticamente, a través de su sede electrónica y, al mismo tiempo, ajustarse a unos requisitos que permiten esta excepcionalidad.
Así, el SEPE permite el pago en efectivo del subsidio por desempleo por parte de una entidad financiera colaboradora siempre que esté justificado. A saber: "cuando exista alguna circunstancia, y solo mientras esta se mantenga, que no permita al SEPE, en un momento dado, ingresar la prestación en su cuenta; cuando la persona trabajadora alegue y justifique alguna circunstancia personal por la cual el pago por ingreso en cuenta pueda ocasionarle algún perjuicio grave".
Sobre las "circunstancias personales" alegables, el organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social especifica que se podrían admitir las siguientes:
- Ser víctima de violencia de género o de violencia doméstica, o encontrarse en una situación que necesite especial protección, a fin de preservar la identidad y seguridad de las personas afectadas. Estas situaciones se justifican con el documento proporcionado por la Administración competente, salvo que ya estuvieran debidamente justificadas en el expediente.
- Cuando la persona trabajadora alegue y justifique que no puede abrir una cuenta corriente.
- Cuando la persona trabajadora tenga autorizado por el SEPE el pago por recibo y las causas que indicó para obtener esta autorización figuren justificadas en el expediente.
En cualquier caso, será potestad del SEPE tener o no en cuenta las causas expuestas por el beneficiario para que se le permita cobrar la ayuda en efectivo y no mediante transferencia bancaria.
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