Les da 10 días
El Supremo pregunta a las partes si eleva a Europa la acción colectiva de Adicae por cláusulas suelo
El alto tribunal quiere saber cómo debe resolver una demanda que afecta a múltiples afectados cuyas circunstancias no son idénticas
![Archivo - Detalle de la fachada del Tribunal Supremo](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/ee4843a3-5940-4518-b748-e2eca1ecaf8e_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Archivo - Detalle de la fachada del Tribunal Supremo / EUROPA PRESS - Archivo
![Ángeles Vázquez](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/97b0ad18-24cf-4176-8f77-d1543b6a7d04_source-aspect-ratio_default_0.jpg)
![Ángeles Vázquez](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/97b0ad18-24cf-4176-8f77-d1543b6a7d04_source-aspect-ratio_default_0.jpg)
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha decidido dar 10 días a las partes para que se pronuncien sobre si debe elevarse a Europa la demanda colectiva presentada por Adicae en relación con las cláusulas suelo. El alto tribunal quiere saber si debe plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para saber cómo afrontar la acción presentada por la Asociación para la Defensa de Consumidores y Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros contra más de un centenar de entidades bancarias españolas.
El Supremo explica que da el paso ante la petición de algunas de las partes personadas y la obligación de los tribunales nacionales de última instancia, como es él mismo, de elevar peticiones de aclaración ante circunstancias que generan dudas, como puede ser una acción de estas características en representación de múltiples afectados, cuyas circunstancias no son idénticas.
Tres consultas
Las dudas que se elevarán a Europa, que en 2016 ya se pronunció sobre cláusulas suelo, se centran en tres puntos. El primero es "si es compatible el control que debe realizarse en una acción colectiva y el examen pormenorizado, propio del control de transparencia de la información suministrada" al consumidor, en cada caso, sobre la cláusula suelo que suscribió.
En segundo lugar, el alto tribunal plantea la dificultad que "entabla identificar al consumidor medio cuando se demanda a un gran número de entidades financieras", con las "consiguientes y relevantes diferencias que puede haber entre los posibles grupos de consumidores afectados" y los propios bancos y cajas.
La tercera pregunta estriba en si es posible "acumular en una acción colectiva de cesación una acción restitutoria" todos estos casos, al ser uno de los elementos que diferencian las acciones ejercitadas en este caso de la que dio lugar a su propia sentencia de 2013, que declaró abusivas las cláusulas suelo, pero limitó la posibilidad de recuperar el dinero pagado de más a la fecha de la sentencia.
Ese límite para la reclamación ya fue motivo de tirón de orejas de la justicia europea a la española en 2016. El tribunal europeo instó a que los clientes recibieran lo pagado de más desde que firmaron la hipoteca. Con ese criterio, se calculó que los bancos deberían devolver 3.700 millones de euros.
- Esta fruta no la come casi nadie, siempre está en los supermercados y está llena de proteína y antioxidantes
- La nueva multa de la DGT a quien no lleve esto en el coche a partir de agosto
- El apellido de origen gitano que tienen más de tres millones de españoles
- Crisis en una escuela compleja de Badalona: pierde a 20 profesores de un plumazo tras el proceso de estabilización docente
- ¿No sabes qué hacer con tanto calabacín? Tres recetas para aprovecharlos
- Vecinos de Sants piden al Ayuntamiento de Barcelona que compre su bloque para no quedarse sin alquiler
- Un brote de salmonelosis en un bar de Barcelona deja al menos 22 afectados tras comer tortilla de patatas
- Muere de forma violenta la influencer Catalina Gutiérrez a los 21 años