Cambios normativos
Así afectará la decisión del Constitucional sobre la ley del alquiler de Catalunya a inquilinos y propietarios
El TC impide que las autonomías regulen los contratos de alquiler de las viviendas pero su sentencia no supondrá la modificación de los existentes
Eduardo López Alonso
Periodista.
Trabajo en El Periódico de Catalunya desde 1992, la mayor parte de ese tiempo en la sección de Economía. Ahora, en la sección Panorama que agrupa a Economía, Política e Internacional. Antes estuve en el diario ABC (Economía), Televisión Española (Economía), Grupo Recoletos (gratuitos locales) y en el ámbito de las televisiones locales (realizador). Licenciado en periodismo, diplomado en publicidad, máster de Información de Económica por la UAB y el Col·legi de Periodistas de Catalunya, cursé el doctorado de Económicas en la Universitat de Barcelona, pendiente de tesis doctoral ('Gestión de medios de comunicación en tiempos de crisis'). Autor del libro 'Las prejubilaciones del menosprecio'.
La ley de vivienda española actualmente en tramitación parlamentaria promete respetar las competencias autonómicas. En paralelo el Tribunal Constitucional ha advertido en una sentencia de que la normativa catalana no puede entrar en las "bases de las obligaciones contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y determinación de las fuentes del derecho", como ha publicado EL PERIÓDICO. En la práctica, esto se traduce en que la ley catalana no puede fijar precios o establecer vetos a incrementos en base a lo que bautizó como zonas tensionadas. La negociación del Gobierno del PSOE y Podemos con ERC ha dado fruto y promete respetar competencias autonómicas en materia de vivienda, pero será necesario redefinir el marco legal catalán.
Lo que veta el Constitucional
El Constitucional ha anulado los preceptos de la ley catalana de vivienda que permiten limitar el precio de los alquileres. Reserva al Estado la fijación de las bases de las obligaciones contractuales, lo que en la práctica se traduce en que no permite obligar que los contratos congelen o bajen el precio de los alquileres con la excusa de que en determinadas áreas geográficas las rentas exigidas por los propietarios sean muy altas. El Constitucional no entra en su fallo en la constitucionalidad de limitar los precios del alquiler. Lo que niega es que una comunidad autónoma sea la Administración que regule los contratos, porque ello es competencia del Estado. De ahí que sea la norma estatal la que deberá definir el nuevo marco que limite la evolución del precio de los alquileres.
¿Afecta a los contratos firmados?
No afecta a los contratos ya firmados. Montserrat Junyent, asesora jurídica del Col·legi de APIS de Barcelona y de la Associació d'Agents Immobiliaris de Catalunya (AIC), resalta que la sentencia del alto tribunal es de cara al futuro y no afecta a lo firmado entre propietarios y arrendadores. En su opinión, un elemento destacable es que se invalida a priori que contratos futuros deban tener en cuenta las rentas fijadas en el pasado.
Los inquilinos critican la sentencia
La Associació de Llogaters considera que la regulación de alquileres es una "herramienta efectiva para bajar el precio de los alquileres y ha beneficiado a más de 160.000 inquilinos en el último año". Sostiene que ha supuesto "bajar los alquileres una media del 5% en las ciudades reguladas, donde vive el 70% de la población catalana".
Ley antidesahucios
Por otra parte, la denominada ley antidesahucios catalana que se votó en febrero de este año en la Comisión de Derechos Sociales del Parlament de Catalunya con el apoyo de ERC, JxCat, la CUP, En Comú Podem y el PSC, está en vigor. Con la abierta oposición de los lobis inmobiliarios y las asociaciones de propietarios de vivienda, la normativa salió publicada en el 'Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya' el 7 de marzo. El PP ha llegado a asegurar que la nueva normativa puede incentivar la ocupación ilegal de viviendas y que supone un ataque a la propiedad privada.
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