Mercado laboral

¿Qué derechos y obligaciones tendrán los parados con la nueva ley de empleo?

El anteproyecto de ley que ultima el Gobierno contempla que todos los usuarios tengan un tutor de referencia que les asesore para encontrar empleo

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Rosa María Sánchez
Gabriel Ubieto
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El nuevo anteproyecto de ley de empleo que ultima el Gobierno nace bajo la premisa de que la nueva Agencia Española de Empleo sea un organismo más eficiente a la hora de reinsertar en el mercado laboral a las personas en paro. Para ello, el Ejecutivo crea una cartera común de servicios para todos los usuarios. Cualquier persona en paro podrá reclamar en la oficina de empleo correspondiente una serie de derechos básicos para ayudarle en su inserción laboral, que deberán estar disponibles en todas las comunidades autónomas. Un tutor de referencia, itinerarios de formación e inserción personalizados o una cuota de ofertas de empleo mínimas al año son algunas de las novedades que incorpora el último borrador al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, y que podría sufrir algún cambio en la recta final del proceso ejecutivo. Estas son las principales claves que prevé la nueva norma.

 Tutor de referencia

 Tutor de referencia

Todas las personas que acudan a la Agencia Española de Empleo para registrarse como demandantes de empleo serán asignados a un tutor de referencia. Este será un profesional de los servicios públicos de empleo y será el responsable de guiar a dicho parado durante su proceso de formarse y encontrar un nuevo empleo. El borrador del anteproyecto establece que deberá fijarse una ratio máxima de tutores por desempleado, para evitar la saturación del servicio.

Este modelo sigue el ejemplo nórdico y ya anteriores Ministerios de Trabajo, como el de la socialista Magdalena Valerio, intentaron situar esta figura del orientador de referencia para una mejor eficiencia. Pues así se evita que el usuario vaya rotando y pierda el tiempo volviéndole a explicar su situación y su perfil a un nuevo técnico.  

Expediente laboral, perfil y colectivos prioritarios

Expediente laboral, perfil y colectivos prioritarios

Otra cuestión que pule el actual anteproyecto de ley, tal como describe el borrador, es la creación de un “expediente laboral personalizado único”. De la misma manera que cuando uno va al médico, este profesional puede consultar tu expediente para saber qué enfermedades ha padecido el usuario y cómo se le ha tratado; ahora todos los servicios de empleo tendrá un historial detallado del desempleado que acude a ellos.

En este deberán figurar cuestiones como el perfil del usuario, con la experiencia previa o la formación adquirida; los itinerarios de inserción previos; qué formación ha realizado anteriormente para reciclarse y las ofertas de empleo adecuadas a su perfil que ha ido rechazando o aceptando hasta la fecha; entre otros. Esto le servirá al usuario en caso de que se mude o tenga que ir a buscar asesoría a otro servicio de empleo, por un programa de ocupación que ofrezcan desde el mismo, por ejemplo. 

Itinerarios personalizados

Itinerarios personalizados

Una vez el usuario llegue a la oficina pública de empleo y desde el mismo elaboren su perfil individualizado, los técnicos de ocupación tendrán el plazo de un mes para redactar un itinerario personalizado de inserción. En este se identificarán una serie de potencialidades para reciclarse dentro del mismo gremio que la persona venía ejerciendo o para un nuevo perfil, con más posibilidades con demanda al alza. 

Y si los desocupados quisieren apostar por reciclarse como autónomos, el nuevo sistema se compromete a mantener el “asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento con garantías”; según menciona el borrador.

Formación obligatoria y habilidades básicas

Formación obligatoria y habilidades básicas

La formación es un requisito indispensable dentro del nuevo modelo de políticas de empleo. Y el último borrador especifica claramente que “solo excepcionalmente, podrá acordarse que no se precisan necesidades formativas a corto plazo”.

El nuevo anteproyecto de ley también contempla unas habilidades básicas que todo usuario debe manejar. Pues desde Trabajo consideran que "la mejora de las habilidades de comunicación oral y escrita, así como de manejo útil de herramientas digitales y tecnológicas se configuran por esta Ley como competencias básicas para la empleabilidad"; según el borrador.

Una cuota de ofertas mínimas al año

Una cuota de ofertas mínimas al año

Los servicios de empleo asumen una responsabilidad con el usuario de remitirle un número mínimo de ofertas de empleo “adecuadas”. El compromiso explicitado es de un mínimo de una al año. No obstante, si antes de seis meses los servicios de empleo no le han remitido al usuario ninguna, deberán entregarle un escrito justificándole el porqué. 

Los colectivos prioritarios

Los colectivos prioritarios

La norma también contempla que hay unos colectivos prioritarios que, dada su mayor vulnerabilidad en el mercado laboral, merecen una atención especial para ayudarles a encontrar empleo. Estos son: los menores de 25 años, los mayores de 50 años y las mujeres, así como las personas con capacidades especiales. Además, el último borrador también quiere darle una perspectiva de género a la ley y veta los incentivos a la contratación para aquellas empresas que, "enmarcadas en sectores con una diferencia entre el porcentaje de empleo masculino y femenino superior a la media, en el último ejercicio no hayan incrementado la proporción de trabajadoras".

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